Primeramente un saludo. Quisiera molestarlos en esta ocasion para solicitarles informacion sobre la llamada Audiencia especial de Cesacion de la Detencion, es una figura con la que no estoy muy familiarizado y me toca interponerla a favor de un cliente en un proceso de agrupaciones ilicitas, quisiera saber como opera , como se solicita , por su atencion gracias
Esta figura esta contenida en el articulo 335 prpn u generalamentes se intenta cuando existen nuevos elementos que atañen la existencia del hecho o la participacion y generalmente se solicita cuando no procede la sutitucion de la detencion por prohibicion expresa, saludos