Estimados(as): Releyendo la Carta Magna Salvadoreña encontré el art. 70: "El Estado tomará a su cargo a los indigentes que, por su edad o incapacidad física o mental, sean inhábiles para el trabajo".
Creo que todos sabemos que la Constitución tiene sus letras de fantasía, pero ¿alguien podría decirme de qué forma el Estado da o debería dar cumplimiento a este precepto?
Pienso que por medio de instituciones cuya funcion especifica es buscar, atender y proteger a personas que por una u otra razon no tienen donde vivir. Pero realmente este pais no da cumplimiento a esa obligacion constitucional lamentablemente.
reo que todos sabemos que la Constitución tiene sus letras de fantasía, pero ¿alguien podría decirme de qué forma el Estado da o debería dar cumplimiento a este precepto?