el forista abogadoechegoyen sino me equivoco subio este aporte:
La ciudad de San Vicente, del Departamento de san Vicente, a las diez horas del día uno de junio de dos mil diez. ANTE MI, SALVADOR ESTANZUELA CARPIO, Notario, de este domicilio, COMPARECE: JORGE CANSECO RUBERIO, quien es de treinta y nueve años de edad, Abogado, del domicilio de estanzuelas, Departamento de San Salvador, y accidentalmente de este, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número: cero cero siete seis cero cero dos siete cuatro uno uno - doce; OTORGA: Que el anterior PODER ESPECIAL, otorgado a su favor por el señor CARLOS MANRIQUE HUELGA, de cincuenta y tres años de edad, Agricultor, del domicilio de San gerardo, Departamento de La Unión, con Documento Unico de Identidad numero: cero siete millones seiscientos diez mil doscientos cuarenta y ocho- trece; con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos tres- cero ocho cero ocho veintidós- cero cero uno- diez; a su favor ante los oficios del Notario ALFRED GONZALEZ CARIOTA, en esta ciudad, a catorce horas del día veintiséis de mayo del año dos mil diez. Lo SUSTITUYO en todas sus partes a favor del Licenciado SIXCO BUENAVENTURA REGALADO, quien es de treinta y ocho años de edad, Abogado del domicilio de esta ciudad. Para que lo ejerza conforme a derecho. Así se expreso el compareciente a quien explique los efectos legales de la presente acta notarial la cual consta de dos folios utiles. Y leída que se la hube íntegramente en un solo acto ininterrumpido ratifica su contenido y firmamos. DOY FE.-
Este modelo es de sustitucion de poder.
mi pregunta va dirigida a :
se hizo nun poder general judicial a nombre de 2 abogados, juana y maria, para que puedan actuar conjunta o separadamente, la cuestion es q juan no puede intervenir en el caso por razones de lejania se mudo y ya no es viable entonces, el le hara una sustitucion de poder a nombre de otra abogada JUANITA digamos, el puede hacer la sutitucion , de su puesto obvio, pero la otra abogada maria seguira procurand, se puede hacer una sistitucion asi?
la tengo q hacer hoy en la mañana yo entiendo que si se pueda, pero el modelo de sutitucion que arriba menciono, tendria que redactarse un poco diferente haciendo ver que la señora maria sigue obvio y que el sutituye solo su nombramiento sera correcto?
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
por su puesto que se puede colega, solamente hay que ver el poder principal si faculta al apoderado para que pueda sustituir el poder de forma total y parcial, ojo eso es importante que lo exprese el poder base.
El principio de la sabiduria es el temor de Jehova...
si es posible sustitución del poder porque no obstante el poder foto hombre herido a dos abogados si se le ha facultado para sustituir total o parcialmente se puede ir a cualquiera de los abogados cualquiera de ellos lo puede sustituir a favor de un tercero
gracias colegas, todavia no realize la sutitucion pòrq la señora q va a firmar quedo para sabado.
asi que el sabado subo aqui a esta conversacion el poder y la sustitucion, para q quede de archivo para futuras consultas, gracias por sus aportes!
saludos
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Hola colega justo tengo un caso similar tengo que realizar una sustitución de la otra colega que iba acompañarme a la audiencia y necesito hacer una sustitución. Tiene el modelo de casualidad que pueda facilitarme. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.