Me embargaron el salario que es de $ 1913.45, y la cuota de embargo es de $ 395.00, quisiera saber si ese descuento corresponde al 25 % del salario pero de acuerdo a la tabla, del excedente de 5 salarios minimos...............alguien me podria explicar como es eso del excedente por fa
Quisiera saber si es el 20% o el 25%, que se aplica en un embargo, segun el Nuevo Codigo Procesal Civil Mercantil......
Estimado colega lee esta disposición del Código Procesal Civil y Mercantil y tendrás mejor perspectiva de tu caso.
Art. 622. del Codigo Procesal Civil y Mercantil.
Art. 622.- También es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, en cuanto no exceda de dos salarios mínimos, urbanos, más altos vigentes. (2)
Sobre las cantidades percibidas en tales conceptos que excedan de dicha cuantía se podrá trabar embargo de acuerdo con la siguiente proporción:
1 - un cinco por ciento para la primera cuantía adicional hasta que suponga el importe del doble del salario mínimo;(quiere decir que embargarían solo un 5% de hasta 2 salarios minimos, o sea si el salario minimo esta en 225.00, por dos igual 450.00 te embargarían $22.50. si ganaras $900.00).
2- un diez por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo; (EJEMPLO 225.00 + 225.00+225.00= $750.00 menos el 10%= $75.00, en este caso tu sueldo sería de $225.00+225.00.=$450.00. base inenbangable. + $750.00 embargable TOTAL $1200.00.
3- un quince por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo;(EJEMPLO 225.00 + 225.00+225.00 + 225.00 = $1000.00 menos el 15%= $150.00, en este caso tu sueldo sería de $225.00+225.00.=$450.00. base inenbangable. + $1000.00 embargable TOTAL $1450.00.
4- un veinte por ciento para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo;(EJEMPLO 225.00 + 225.00 + 225.00 + 225.00 +$225.00 = $1225.00 menos el 20%= $245.0, en este caso tu sueldo sería de $225.00+225.00.=$450.00. base inembangable. + $1225.00 embargable TOTAL SALARIO $1675.00
5- un veinticinco por ciento para las cantidades que excedan de esta suma.;(EJEMPLO 225.00 + 225.00 + 225.00 + 225.00 + 225.00 = $1225.00 SON 5 SALARIOS MINIMOS , pero si tu sueldo supera esa cantidad se te puede embargar hasta un 25% supongamos que se exede 6 salirios minimos =225.6= $1350.00 menos el 25%= $337.5, en este caso tu sueldo sería de $225.00+225.00.=$450.00. base inembangable. + $1350.00 embargable TOTAL SALARIO $1800.00
Nulidad de embargos
Art. 623.- Son nulos de pleno derecho los embargos de bienes inembargables y aquellos que excedan los límites fijados en este código, aunque se realicen con el consentimiento del afectado.
En tu caso se aplicaria el 25% de embargo. pero disculpas del caso, adecua los datos al salrio minimo actual, yo te lo di así para redondear, no estpy seguro por cuanto esta ahorita.
Buenas noches.
El siguiente usuario dijo gracias: maficar, Tony Vasquez., Hernandez007