Hola colegas necesito un poco de ayuda sobre el siguiente caso... muchas gracias de antemano, pasen buenas tardes.
El Ministerio de Obras Públicas somete a Licitación Pública la construcción de una nueva autopista entre San Salvador y Sonsonate. En esta licitación concurren la empresa A, la empresa B, y la empresa J. El Ministerio le adjudica la obra a la empresa A, por ser la empresa, que mejor le parece para la construcción de la obra.
“A” en virtud, de la adjudicación a su favor contrata a la empresa D, para la prestación de servicios técnicos. La empresa B y J interpone recurso de revisión en sede administrativa, en virtud que el Ministerio no había motivado la resolución de adjudicación y no había valorado algunos aspectos de sus ofertas en la construcción de la obra, sin embargo se confirma a través del recurso la adjudicación de la obra.
“B” interpone luego de haber concurrido 30 días la demanda contenciosa administrativo, pero no identifica al funcionario demandado, y no explica de forma clara los hechos acontecidos, lo hace a título personal y no por medio de apoderado judicial, y pide que se anule la adjudicación del contrato a la empresa A, y sea el adjudicatario de la obra.
Basándome en el anterior caso me surgen las siguientes dudas:
1. QUIEN ES LA AUTORIDAD DEMANDADA
2. Cual es el plazo para interponer la demanda contenciosa
Cuando menos lo esperamos, la vida nos coloca delante un desafío que pone a prueba nuestro coraje y nuestra voluntad de cambio....
hahahaha Hey Dieguito que malo sos... vos sabes q ya recontrallevé admi esto no es pa mi beneficio sino que era un caso pa conocimiento y discutirlo porque tengo dudas... solamente.-
Cuando menos lo esperamos, la vida nos coloca delante un desafío que pone a prueba nuestro coraje y nuestra voluntad de cambio....