Estimados, necisito saber si alguien ha tenido experiencia de cobros de QUedan , que como bien sabemos no dan accion ejecutiva a la luz del 651 COm. es el caso que una sociedad a traves de su jefe del departamento de cobros expidio unos quedan a favor de una persona, dicha sociedad tiene ya seis meses sin cancelar el valor de dichos quedan ¿ Que Accion Interponer?, ¿COmo obligar a la SOciedad si los quedan solo tienen su membrete y quien lo expidio es un empleado de eda sociedad?
Ralmente no he tenido experincia en este tipo de acciones, pero en teoría tendria que procederse conforme los Arts. 8 al 10 del " REGIMEN ESPECIAL DE LAS FACTURAS CAMBIARIAS Y LOS RECIBOS DE LAS MISMAS"