Alguien sabe cual es el procedimiento para cambiar la modalidad en la entrega de la cuota alimenticia? Es decir que la señora recibe por medio de depósito en banco el descuento que le hacen al esposo, pero con este lío reciente de cambio del Citi al BFA ella no tiene tiempo de andar en esos trámites y desea saber si se puede cambiar la forma en que se le haga llegar el dinero. Ya sea por depósito bancario o entrega personal.
Saludos.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Bayona escribió: Alguien sabe cual es el procedimiento para cambiar la modalidad en la entrega de la cuota alimenticia? Es decir que la señora recibe por medio de depósito en banco el descuento que le hacen al esposo, pero con este lío reciente de cambio del Citi al BFA ella no tiene tiempo de andar en esos trámites y desea saber si se puede cambiar la forma en que se le haga llegar el dinero. Ya sea por depósito bancario o entrega personal.
Saludos.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
ES BIEN FACIL SOLO TIENEN QUE IR AMBOS A LA PGR Y MANIFESTAR QUE ESTAN DE ACUERDO QUE LA CUOTA SEA CANALIZADA A NIVEL PRIVADO ES DECIR EL SEÑOR LE ENTREGARA LA CUOTA EN UNA CUENTA PRIVADA A NOMBRE DE LA SEÑORA Y QUE SE DEJE SIN EFECTO EL DESCUENTO POR PLANILLA, SOLO SE LEVANTA ACTA Y LISTO TAMBIEN SE PIDE QUE SE DE AVISO A LA UNIDAD DE CONTROL DE FONDOS DE TERCEROS PARA QUE CONOZCAN EL CAMBIO QUE SE HA DADO
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Y en el caso de que esté en camino el trámite de divorcio... es mejor esperar y se hace todo el arreglo con el Juez de Familia o convendrá hacerlo en la PGR????
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
DEPENDE QUE TE DIGA EL JUEZ PORQUE HAY JUZGADOS QUE TE VAN ACEPTAR LA CUOTA A NIVEL PRIVADO PERO CREO QUE LA MAYORIA PREFIERE QUE SE CANALIZE A TRAVES DE LA PGR ASI QUE ES MEJOR ESPERAR QUE SALGA EL DIVORCIO Y LUEGO REALIZAR EL CAMBIO EN LA PGR O PUEDEN PEDIRLO AL JUEZ A VER QUE DICE
Cuanto es el descuento que les hacen por demanda alimenticia? El papá de mi hijo gana 350 pero dice que tiene otros gastos, por eso solo me pasa 20 dólares al quince. Mi bebé se enfermo de neumonia y en seguro me dejaron que le comprara una medicina y le pedí ayuda a el y el no quiso ayudarme, hasta me trato con malas palabras porque discutimos, no quiere ni ver a mi hijo y amenaza diciéndo que lo mismo que el me da a mi, me darán en la Procuraduria. Mi hijo tiene 10 meses. AYUDA por favor.
Lou Lopez escribió: Cuanto es el descuento que les hacen por demanda alimenticia? El papá de mi hijo gana 350 pero dice que tiene otros gastos, por eso solo me pasa 20 dólares al quince. Mi bebé se enfermo de neumonia y en seguro me dejaron que le comprara una medicina y le pedí ayuda a el y el no quiso ayudarme, hasta me trato con malas palabras porque discutimos, no quiere ni ver a mi hijo y amenaza diciéndo que lo mismo que el me da a mi, me darán en la Procuraduria. Mi hijo tiene 10 meses. AYUDA por favor.
mmm¡¡¡ Veamos... Primero por la edad que tiene su hijo, aùn no se toma en cuenta el rubro de educaciòn.
En la PGR, como en un juzgado de familia la cuotas alimenticias son proporcionales a la capacidad econòmica de los padres y las necesidades de los hijos.
Si el padre de su hijo tiene un ingreso mensual de $350.00, es factible, viable y probable que le incrementen la cuota alimenticia de los $40.00 mensuales. Porque si el alega que tiene otros gastos deberà documentar los egresos que tiene; y las cuotas alimenticias son "crèditos" preferentes.
Pero para llegar a eso debe armarse de paciencia en la PGR; porque no es una soluciòn que llega en un par de meses. Me atrevo a decir que existe la probabilidad que le impongan una cuota de $50.00 dòlares; pero nunca una menor a la que ya le proporciona. Las ventajas de un descuento por orden de la Procuradurìa, es que tambien le haràn el descuento automatico del 30% del aguinaldo que percibe en el mes de diciembre y de cualquier otro ingreso que reciba como bonificaciones o indemnizaciones anuales.
Si tiene tiempo le sugiero que haga el intento. Y que documento todos los gastos en los que incurre para la crianza y educaciòn de su hijo. Tome en cuenta que si le pide una cantidad al padre de su hijo; es porque usted, ya esta aportando una cantidad igual o mayor a la que solicita; y que esa cantidad es el total que invierte en su hijo...
Asì si pide $50.00 es porque en el niño se gastan $100.00 mensuales y usted, ya aporta $50.00.