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07 Ene 2012 03:55 #1
por maercela
¿Que son las EXCLUSIVAS a las que hace referencia el articulo 557 del código de comercio?
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07 Ene 2012 04:55 #2
por pekozoo luna
Bueno me atreveré a opinar sin ser mi fuerte, pero con el ánimo de ayudar y dar una luz como dice "otro forista amigo":
PRIMERO: Las PATENTES tienen strictu sensu un derecho exclusivo a la explotación.-
SEGUNDO: Los MODELOS DE UTILIDAD como los DISEÑOS INDUSTRIALES tiene en menor escala ese mismo derecho exclusivo de explotación.-
TERCERO: los contratos de DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA de determinados productos, bienes y/o servicios.-
Espero te sirva esta mera opinión personal. SALVO MEJOR EXPONENTE DE LA MATERIA.-
Saluditos.-
El siguiente usuario dijo gracias: maercela
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