urgente

21 Feb 2012 18:29 #1 por maribel
urgente Publicado por maribel
si alguien presta dinero y no hacen un documento que haga valer la obliacion y luego muere que pueden hacer los herederos

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29 Feb 2012 15:00 #2 por mehguerra
Respuesta de mehguerra sobre el tema Re: urgente
Dependerá de la suma que fue prestada. Si es más de doscientos colones, es decir más de 22.85 el contrato debió constar por escrito, según los artículos 1579 y 1580 del Código Civil. Me imagino que ese es el caso. Es muy díficil en verdad hacer constar esa circunstancia si sólo estaban presentes los contratantes.

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29 Feb 2012 15:52 #3 por maribel
Respuesta de maribel sobre el tema Re: urgente
GRACIAS MUY AMABLE!!!!!!!!

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29 Feb 2012 15:54 #4 por maribel
Respuesta de maribel sobre el tema Re: urgente
SI Y ESA ES LA CIRCUNSTANCIA PERO QUE PUEDO HACER EN ESTE CASO

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29 Feb 2012 17:13 #5 por mariel
Respuesta de mariel sobre el tema Re: urgente
A mi entender es dificil hacer algo que te prospere, porque no hay un documento que obligue.
Lo que se me ocurre es que primero se tiene que declarar heredero a los presuntos herederos, para que se les pueda hacer el reclamo, previo a hacer con éstos un reconocimiento de deuda.
el caso lo veo que quizas no prospere por lo engorroso del trámite, porque ¿qué pasaría si no hay herederos declarados?, habría que declarar yacente la herencia y que se nombre un curador ad-litem.

Hay que luchar por la honradez siempre, para estar en paz consigo mismo.

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