En la pagina del CNR, existe una ventanilla donde se calcula el pago del derecho de inscripcion...
Y ahì se elige el servicio: INSCRIPCION y la Transacciòn: REMEDICIONES Y REUNIONES: Y se lee que: Por remediciones y reuniones de inmuebles, se pagara por cada lote o parcela $9.70 con un minimo de $34.29.
una consulta...podría ayudarme con el tema de la remedición de inmuebles, en cuanto sus antecedentes, y teoría; todo esto con el objeto de poder realizar una mini tesis...de antemano se le agradecerá...por su ayuda...k tenga buen dia....
En el art. 48 de la ley de tarifas y otras disposiciones administrativas del RPRH. Aparece el arancel por cada acto o contrato que está sujeto a inscripción en el registro; pero en el caso de la remedición, si bien es cierto se paga $ 9.70 por cada lote y como mínimo $34.29, hay que tomar en cuenta que si es remedición con segregacióny salen dos porciones, no va a pagar $19.40; sino es $34.29 que es el mínimo, pero si fuese remedicón con cuatro porciones, y ahí se se aplica la regla de los $ 9.70, y se pagaría $38.80.