Fijense que necesito conocer si en el CNR se puede inscribir una escritura de compraventa de inmueble, en la cuaal el pago o el precio se ha establecido que se pagará a palzos y para gantizar se expresa en la misma que el comprador firma letras de cambio. ¿podría alguie comparir conmigo un formato?
HEY ESTA MUY INTERESANTE ESTE CASO; PERO YO LO QUE HE VISTO ES QUE MEJOR HACEN UNA PROMESA DE VENTA Y CUANDO A CANCELADO TODO REALIZAN LA COMPRAVENTA DEL INMUEBLE...
PERO SERIA BUENO CONOCER LOS COMENTRIOS DE LOS FORISTAS SOBRE ESTE CSO QUE ES MUY INTERESNTE PARA NUESTRO CONOOCMIENTO
la verdad te seria observada por va en contra el principio de la CV ya que esta no puede ser a plazo.... la sugerencia que proporciona MAGLITO esta muy acertada. hace la CV por un lado y pones el precio total y , después tienes dos opciones, o haces un mutuo, o la compradora del inmueble firma simplemente las letras de cambio por el importe de cada cuota( recuerda q tienes q hacer una letra de cambio por cada cuota y si esta lleva intereses agregarse los de un solo al importe) y con estas no necesitas hacer mas escritura ya que estas pueden ser giradas independientemente de la relación causal que les dio vida
También puedes efectuar la compraventa y en el mismo instrumento constituir hipoteca sobre el mismo inmueble por la cantidad adeudada mas una tercera parte de ese monto, por si acaso tocara ejecutar la hipoteca; pero lo mejor es lo de la promesa de venta.