TENGO UNA DUDA, EN UNA EMPRESA LE DAN A LAS TRABAJADORAS EL BENEFICIO DE SEGURO MEDICO HOSPITALARIO Y ADEMAS EL GOCE DE SU SUELDO COMPLETO DURANTE EL PERIODO DE AUSENCIA POR MATERNIDAD, PERO QUE PASA EN ESTE CASO CON EL ISSS, TIENE DERECHO LA PENSIONADA A TRAMITAR EL BENEFICIO DE PAGO DE SALARIO POR MATERNIDAD DEL SEGURO SOCIAL O NO?
Cuento mi experiencia como madre... màs que como Abogado....
Donde yo, trabaje en la època que nacieron mis hijos pasaba algo parecido... Se me cancelaba el salario completo, sin necesidad de hacer el tràmite en el ISSS...
Al preguntar se me explico; que para la instituciòn es màs fàcil hacer el pago ellos... Asì la madre, no tenìa que hacer esas diligencias del cobro del porcentaje... Pero siendo de ley que el ISSS, debe cancelar ese porcentaje, se encargaba la instituciòn de hacer las gestiones para "recuperar" el dinero...
De modo que si se pregunta en el ISSS, el pago si se ha hecho... Claro este tràmite muchas veces dura hasta seis meses... Es decir que la instituciòn paga el salario completo, sin afectar a la madre y luego ellos se quedan realizando las diligencias para el reintegro del dinero que equivale al porcentaje que el ISSS, tiene que cancelar a la trabajadora...
Entonces la madre no podrìa cobrar DOBLE: Su salario y el porcentaje del ISSS; porque ella tiene derecho a recibir su salario completo; y entiendo que asì se ha hecho; no podrìa entonces cobrar màs de lo que la ley establece...
Suerte
El siguiente usuario dijo gracias: maglito, Maritza.Ramirez