Si se puede, pero recuerda que el CPCM establece que se necesita poder especial para recibir notificaciones, asi que debes agregar esa cláusula al poder.
Respuesta de escoorpion76 sobre el tema Re: herencia
EN EFECTO CON UN PODER GENERAL JUDICIAL, SE PUEDEN INICIAR DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA, AHORA BIEN, SI EXISTE LA POSIBILIDAD DE UNA SALIDAD ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO ES NECESARIA LA CLAUSULA ESPECIAL QUE REGUNA EL ART. 69 CPCM.