Muy buenas tardes colegas,
Saben me paso una anécdota con esto de los poderes para venta de inmuebles y por eso les recomiendo como lo han hecho los demás colegas como la Licenciada Ramirez que tiene mucha experiencia, al igual que el Licenciado Paco, el tener mucho cuidado y ser muy cautelosos y tomarse el tiempo necesario para revisar la documentación que les están presentando; ya que me vino una corredora de bienes raíces solicitando mis servicios ese no era el problema, sino que el inmueble estaba en proindivisión en partes iguales entre los esposos que son los dueños, el caso que la esposa no se encuentra en el país y ha dejado por supuesto el correspondiente Poder al revisar mi persona el referido instrumento me percate de las observaciones que de las estamos hablando esta oportunidad, en el mismo solo dice que faculta a su apoderado la venta, no describe el inmueble-yo soy del criterio que hay que describirlo aunque sea mucho-pero es mejor recordemos como bien dice la Licenciada Ramírez es mejor que este claramente identificado el inmueble no solo su matrícula, área y ubicación, sino toda su descripción con rumbos y distancias, en que estado se encuentra el inmueble frente a los propietarios si esta en proindivisión en partes iguales, si entre las facultades esta como lo ha dicho el Licenciado Paco verificar que se han otorgado las facultades para que el apoderado realice en nombre de su mandante la tradición del dominio, traspaso de la posesión, uso, goce y demás derechos reales y personales que sobre el mismo se tiene; así mismo que el mandante autoriza a su mandatario para comparecer ante notario a otorgar la correspondiente escritura de compraventa, pudiendo firmarla y suscribirla y pactar y recibir el precio de la venta o la cantidad de dinero proveniente de este acto, así como para realizar todas las gestiones y suscribir los documentos necesarios para cumplir con los requisitos que se establezcan para la compraventa. etc. etc. etc.
Pues el vendedor esposo de la señora que se encuentra acá en El Salvador, muy molesto me dijo que por que tantas observaciones que le había hecho al poder, le exprese que el mismo adolecía de dichas deficiencias y es mi obligación asesorar de la mejor forma a todas las partes para evitar equívocos a futuros y circunstancias legales a mi persona; aún me comunique con la notario que autorizo el poder recomendandole realizar las observaciones para efecto de que se pudiera realizar la venta ante mis oficios; pues el vendedor muy molesto le dijo a la corredora que mejor le diría a la notario que autorizo el poder que se hiciera ante sus oficios la venta, que yo muchas trabas estaba poniendo.
Yo le dije que él estaba en la libertad de decidir ante los oficios de que notario pudieran otorgar la escritura, pero que si era ante mis oficios tenían que corregir ese poder, ya que estaba incompleto en su información.
Al final creo que lo aran con la notario que autorizo el poder, yo en serio le deseo mucha suerte a esta colega, ya que desgraciadamente no tenia mas que dos renglones para corregir la escritura sin dañar las firmas y sobre todo porque mañana le vence el libro a ella.
Espero que todo le salga bien, yo les hice ver que la responsabilidad de uno de notario es muy grande para hacer las cosas a las ligera y de forma descuidada, que muchas veces es mejor pecar de ritualista y papista a que la Sección de Notariado lo vaya a sancionar a uno, o haya consecuencias legales mayores.
Por eso mis estimados colegas yo igual que los demás los exhorto a que se tomen el tiempo necesario para revisar la documentación minuciosamente y ser precavidos al momento de autorizar un acto o contrato ante sus oficios, para evitar a posteriori malos momentos.
Saludos a todos.
Y Feliz inicio de semana.