El caso es el siguiente: Mi cliente se caso en 1995, el notario que realizo la Escritura de Matrimonio por error manifiesta que la ciudad de origen de ambos contrayentes es Soyapango, cuando realmente ambos son originarios de San Salvador, como consecuencia no se marginaron sus partidas de nacimiento, pero si se inscribio la partida de matrimonio en Soyapango (lugar de donde se celebro el acto). Mi cliente quiere divorciarse, y mis inquietudes son las siguientes:
Para poder tramitar el divorcio debo presentar al juzgado de familia partidas de nacimiento marginadas, pero como no estan marginadas, debo realizar primero Rectificación de Escritura de Matrimonio, pero el esposo no quiere colaborar, y mi cliente se encuentra fuera del pais, por lo que no pueden comparecer ambos a otorgar la rectificación de la escritura. Además debo realizar Diligencias de Rectificación de partida de matrimonio, para que se corrija el lugar de origen de ambos contrayentes. Con todo lo anterior ya corregido puedo presentar las partidas de nacimiento y matrimonio para poder iniciar el proceso de divorcio, porque temo que se me prevenga por falta de marginaciones en las partidas de nacimiento y el error de origen en la partida de matrimonio.
Ahora bien tengo dos posibles soluciones, talvez ustedes me pueden ayudar aportandome sugerencias u opiniones.
1- Presentarme ante el Notario que otorgo el matrimonio y solicitarle que otorgue una Escritura de Rectificación "ante si y por si" rectificando el error cometido en los lugares de origen de los contrayentes,considero que no habria problema realizar esa rectificación debido a que no se afecta la voluntad de los contrayentes; teniendo en cuenta que fue el notario el que cometio el error al momento de consignar los lugares de nacimiento. Pero nose si será posible.
2- Me sugieren unos colegas que como no se marginaron las partidas de nacimiento, el matrimonio no existe, por lo que no hay necesidad de realizar un proceso de divorcio, aunque no estoy de acuerdo con esta opinión pues existe una partida de matrimonio inscrita y creo que el RNPN lleva tambien el registro de los matrimonios.
Les agradezco por sus aportes, y les solicito me ayuden a encontrar una solución.
Yo considero que lo mas prudente es que tu te presentes ante el notario que los caso, ya que es un acto que solo el va a firmar, y es responsabilidad de el, y por lo tanto el puede hacer esa rectificacion,(ANTE MI Y POR MI), el hecho que las partidas de nacimiento no esten marginadas, no quiere decir que no esten casados, con mayor razon si existe partida de matrimonio inscrita.rectificada el acta de matrimonio o sea la escritura , te presentas a las respectivas alcaldias para la marginacion y se termina esa parte, luego a efectuar el divorcio.
Gracias por tu opinión magdalenabolaños, tienes razón, creo que lo mas prudente es la rectificación de la escritura de matrimonio "Ante si y por si" del notario ("Ante mi y por mi". En la Sección de Investigación Profesional de la C.S.J me proporcionaron el número de telefono y dirección del notario, pero no puedo localizarlo. Seguirè buscandolo. Gracias nuevamente por tu aporte.
Gracias por tu opinión magdalenabolaños, tienes razón, creo que lo mas prudente es la rectificación de la escritura de matrimonio "Ante si y por si" del notario ("Ante mi y por Mi)". En la Sección de Investigación Profesional de la C.S.J me proporcionaron el número de telefono y dirección del notario, pero no puedo localizarlo. Seguirè buscandolo. Gracias nuevamente por tu aporte.
Ya no busque al notario, puede ser que talvez ya no exista, mejor digale al interesado que busque un abogado Salvadoreño o el Cónsul Salvadoreño, para que le otorgue Poder Especial, para poder Rectificar la partida de Matrimonio, y ya rectificada la Partida de Matrimonio, puede presentarla a las Alcaldías correspondiente de los origenes de los contrayentes para su debida Marginación del Matrimonio, y luego así seguir con el trámite de Divorcio, si su cliente tiene el interes de divorciarse tendrá que enviarle el poder.- También si la persona que se tiene demandar o sea el otro contrayente, él puede seguir las Diligencias de Rectificaion de la Partida de M, si el no quiere pagar los servicios, cobreselo a su cliente, y así su cliente se ahorra lo que le pueden cobrar por el poder y el envio, no hay necesidad que los 2 comparezcan en rectificar dicha partida de M.
Gracias secretaria, pero lo que se pretende rectificar en primer lugar es la "Escritura de Matrimonio", para luego rectificar la "Partida de Matrimonio", la Alcaldia me pide la Escritura de Matrimonio Rectificada, debido a que es en la escritura donde se cometio el error .. ambos contrayentes pueden comparecer ante "cualquier notario" para la rectificación de dicha escritura (el otro contrayente y yo como apoderada de mi cliente; pero en vista que el "otro contrayente" no quiere colaborar (en el sentido que no quiere comparecer ante notario para firmar la rectificación) la opción es que el notario que celebro el matrimonio realice la Rectificación de la Escritura de Matrimonio, y tengo entendido que el Notario aún vive. Gracias por su aporte.
Hola, mi opinión consiste en que noes posible la rectificación !Ante mí y por Mi", ya que he conocido de crieterios los cuales deniegan tal acto jurídico, pues es y afecta intereses de terceros, el Notario puede otorgar ante si y por si, su testamento, un credito u otra acto o contrato que le afecte u obligue a él pero no a terceros, como es el caso en mención, te sugiero que preguntes mejor en la seción de Notariado que opinión les merece tu caso, y si es necesario cita al esposo de tu cliente a mediación dela PGR. para que manifiesta por q no quiere firmar la rectificación.
Tuve un caso similiar y pues hice el tràmite de la bendita rectificaciòn... En la Alcaldìa no me aceptaron las diligencias porque lo que se pretende rectificar es el ASIENTO de la partida de matrimonio; porque la escritura de matrimonio tiene errores...
Entonces se me ocurrio la brillante idea de hacer una subsanaciòn en un juzgado de familia... Asì como tramitar una subsanaciòn de partida de nacimiento (rectificaciòn)
En el caso que tramite fue porque al brillante Notario, no consigno como serìa llamada la esposa... alegue que no se cumplio con lo establecido en la Ley del Nombre de la Persona Natural, cuando se menciona el nombre de la mujer casada...
Y asì sin màs... Ni audiencia de mero derecho ordenaron la subsanaciòn...
Quiza fue suerte por el tribunal... El cual ni me previno, ni nada...
para divorciarse, lo esencial a probar es que existe un vinculo matrimonial y no si estan o no marginadas las partidas de los conyuges. De manera tal que el derecho a divorciarse de un conyuge NO PUEDE estar supeditado, en casos como este, a si el otro quiere o no rectificar su partida de nacimiento, ya que en caso de no querer hacerlo estaria afectando el derecho del otro a divorciarse, lo cual simple y sencillamente no tiene fundamento legal alguno.
Yo dria colega que se arriesgue a presentarlo así al juzgado (certificación de partida de matrimonio y las de nacimiento de los contrayentes sin su marginación) y narre la situación presentada y la negativa del señor de comparecer a solicitar diligencias de rectificación (en caso de ser prevenido) esto porque definitivamente la Ley del Ejercicio Notarial ... deja totalmente cerrada la posibilidad de que sea exclusivamente su clienta la que solicite la rectificación y por otro lado la Escritura que usted menciona que podria otorgar el mismo notario es la llamada Aclaración (utilizada únicamente a nivel registral), en la cual el notario por si y ante si buscaba subsanar este tipo de errores ha sido prohibida por la Sección del Notariado al punto que ya ni en los Registros de la Propiedad son permitidas no obstante mencionarlas como posible solución a este tipo de problemas su famosa ley de procedimiento uniformes para la presentación tramite y registro o deposito de instrumentos ...
Mi consulta es la siguiente el testimonio del matrimonio tiene un error en vez kathya, pusieron kathia. este error se consigno en la partida de matrimonio y las respectivas marginaciones.
hoy el esposo de kathya se quiere divorciar de ella, pero no puede porque la marginacion de las partidas y la partida de matrimonio esta mala.
ella no quiere ayudar con nada, ni con la rectificcion ni con el divorcio.
que se puede hacer una rectificacion de partida de matrimonio de parte del conyuge aunque su nombre no esta errado???
ayuda colegas
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
La Rectificación está contemplada en el tema de jurisdicción Voluntaria, y por tanto conoce un Notario, pero en caso que haya oposición, ya la Ley determinó que se debe hacer mediante un Juez. Y esa es mi respuesta. Rectifique vía judicial, pero debe "mandarse" con la redacción.