es un proceso con el fsv repredento al demandado la demanda se contesto en sentido positivo ya k si existe un adeudo pero mi cliente ya tramito un refinanciamiento el cual es muy probable k se lo den el proceso esta en k se nos tiene ya por parte mi pregunta es segun el nuevo codigo ya teniendo aprobado el refinanciamiento , k procedera el demandante terminaria el proceso o al presentar un escrito al juez de mi parte, bajo k figura argumento el refiannciamiento para terminar el proceso. gracias de antemano espero su asesoria es mi primer caso.
Buenas tardes Viktoria22.
con el nuevo Código Procesal Civil y Mercantil existe la posibilidad de oponerse al mandamiento de embargo derivado del Proceso Ejecutivo.
Cuando le notifican al demandado el mandamiento de embargo, que sirve como emplazamiento, se le concede un plazo de 3 días para responder si se allana a la demanda o presenta oposición.
Si presenta oposición, tiene 10 días hábiles a partir de la notificación del juzgado para sustentarla.
Los motivos de oposición se regulan en el siguiente artículo:
Motivos de oposición
Art. 464.- Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes serán admisibles en el proceso ejecutivo los siguientes motivos de oposición:
1°. Solución o Pago efectivo.
2°. Pluspetición, prescripción o caducidad.
3°. No cumplir el título ejecutivo los requisitos legales.
4°. Quita, espera o pacto o promesa de no pedir.
5°. Transacción.
En el caso que expones, si llegan a notificar a su cliente el embargo, deberá ooponerse alegando la figura de la Transacción (que creo que sería las más oportuna, pues no hay solución o pago, si no, un acuerdo para solventar la deuda de otra forma: el refinanciamiento). En este caso, se debería presentar al tribunal la carga de aprobación del refinanciamiento con lo cual probaría su oposición.
Espero haber sido de su ayuda y que algún otro colega con más experiencia en la parte civil, pueda ampliar la respuesta.
Bendiciones.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, vicky02
EL PROCESO YA PASO DEL EMPLAZAMIENTO Y EN ESE ENTONCES NO HAVIA TRAMITADO NADA HASTA HOY DESPUES POR LO CUAL NO SE PLANTEO OPOSICION YA QUE NO TENIAMOS EN K COMPROBARLO ENTONCES HOY K YA LE RESUELVAN EN EL FONDO SOCIAL SOBRE ESO COMO DEBO PLANTEARLO YO AL TRIBUNAL EL FONDO SEÑALA K ELLOS DETENDRIAN EL PROCESO DICEN ELLOS PERO YO K PUEDO HACER POR MI PARTE A FAVOR DEL DEMANDADO
Mmmm...mira, se me ocurre que se podría presentar como una solicitud de sobreseimiento por acuerdo extrajudicial entre las partes.
O lo más sencillo, sería que el FSV desistiera de la demanda.
En el nuevo proceso ejecutivo, no existe la figura del sobreseimiento, si ya está el proceso listo para sentenciar, y no te opusistes a la pretensión, lo unico que podés lograr es que con el tramite de refinanciamiento, no hagan uso del derecho de ejecucion de la sentencia.