El esposo falleció el juez como no dejo tstamento resolvio el 50 para la hija mayor ke el tenia y 50 para la hija de matrimonio ...ahora la otra hija quiere q la esposa venda la casa en donde esta la hija de matrimonio y que le de la mitad. Como protegemos a la hija menor?
De acuerdo a lo establecido en el artìculo 230 del CF, NO se puede transferir el dominio de los bienes del menor de edad...
Para ello se requiere orden judicial... y debe probarse la utilidad o necesidad de afectar el dominio de la menor.... y realizar un valuo del bien y venta en pùblica subasta del mismo...
Lee la disposiciòn legal y evalua las posibilidades... por ley los bienes de los menores estan protegidos...
Cuando dices que el Juez le dió el 50 y 50 a las hijas del oxiso (que no se por qué no le dio también a la esposa según el Ord. 1o del 988 C.) Qué resolvió el Juez en cuanto a los bienes? O no existe realmente una partición? Si nunca existió, Cómo aparece el bien en el Registro? a nombre del difunto aún? Sea com fuere, para representar la viuda a la menor y vender la casa no puede, porque como bien dice NVramirez, para eso necesita autorización judicial (mientras ella sea menor de edad), y aunque si puede lograrse deberán haber causas bien justificadas y de extrema necesidad. Pero una vez la hija menor cumpla su mayoría de edad las cosas van a cambiar.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...