Dentro de poco tengo la audiencia de sentencia en el Juzgado de Familia. Pero tengo un par de interrogantes. En un principio se habia pedido unas medidas provisionales en lo que se celebraba esta audiencia pero fue revocada porque mi cliente tenia una proceso penal por una acusacion calumniosa por el delito de otras agresiones sexuales en contra de su menor hija por parte de la contraparte, pero ya fue sobreseido definitivamente por un Juez de Paz. En el concluye el Juez la acusacion era mas por venganza que por otra cosa y que la menor en cuestion habia sido manipulada por la Madre. Ya en este proceso en la etapa conciliatoria con ella no se tuvo acuerdo y la jueza pidio la certificacion de esa audiencia y ya se entrego, tambien pidio un peritaje psiquiatrico para ambas partes y un peritaje psicologico para los menores, que son dos, 2 y 4 años respectivamente. Pero ella no se presento a esos peritajes. y por otra parte la unica testigo que era como para dar una buena referencia pero por motivos personales no se podra presentar.
Mis interrogantes son:
1-Que efecto tendra el que ella no haya asistido a esos peritajes.
2-Que efecto tendra el saber que mi cliente fue procesado por ese delito y que fue sobreseido definitivamente y en el cual nunca estuvo detenido y sin restriccion alguna.
3-Que efecto el que mi testigo no se presente.
4-Cuanto es lo maximo que un juez puede poner como cuota alimenticia.
5-Puedo pedir indiferentemente de la resolucion de esa audiencia una ampliacion en los peritajes psicologicos y fisicos para que sean realizados en medicina legal? Ya que en hecho nuevo el niño menor sufrio un golpe en la cabeza, ya que pego en el parabrisas del carro de la mama, por no llevar cinturon de seguridad.
1.- Que una de las partes no haya asistido a un peritaje psicologico, implica que existe desigualdad de partes, y que el Juez, deberà suspender la audiencia para que prevenga a la señora a realizarse los estudios pendientes (Claro.. si es un Juez, de cuatro dedos de frente) sino la contraparte utilizara esa omisiòn a su favor.
2.- Depende del Juez, muchas mujeres Juezas, son bastantes impresionables con ese tipo de situaciones y prefieren curar en salud; y ante tal indiciò prefieren tener siempre vigentes medidas de protecciòn o una constante vigilancia de los niños: que siempre exista supervisiòn de otro adulto responsable; pero la mayorìa de Jueces, suelen ocupar el principio constitucional de: Inocente hasta que no se pruebe lo contrario".
3.- MMMMMMMM¡¡¡¡ lo malo de la NO presentaciòn de testigos, es que no existe forma de sustentar nuestras pretensiones... y a la hora de la interposiciòn de un Recurso, un testigo nos puede ayudar mucho... Y ningùn testigo solo favorecera a la contraparte...
4.- Eso si depende mucho de la capacidad econòmica de las partes involucradas y del nivel de vida al que se tenga acostumbrado a los menores... Porque no es lo mismo que los chicos, estudien en una escuela pùblica que en un centro educativo privado... y por las edades por lo menos uno de ellos debe estar en Kinder 4... y por supuesto que la cantidad es un derecho que puede incrementarse año con año, dependiente de la necesidad de los menores... Y generalmente en los estudios realizados por las trabajadoras sociales se hace una recomendaciòn de la cantidad, y esa la que los jueces imponen... Solo en raras ocasiones modifican la cuantìa de la recomendada por las trabajadoras sociales.
5.- mmmmmmm¡¡¡¡¡ Dificilmente puede probarse que el menor se golpeo por no colocarse el parabrisas... Sera el dicho del bebè???? Me parece que en un proceso tan accidentado no es muy conveniente parecer un padre o madre desesperado, porque muchos jueces diran que todos los niños se golpean, todos los niños se ensucian... y si son tan proteccionistas pueden exponerse a una amenaza de esas que hacen los jueces que si no se ponen de acuerdo les quitaran a los menores...
Mi sugerencia como Abogado, es que se rescate lo rescatable de los estudios y por las edades los Jueces, se inclinan que los menores de cinco años deben estar con la madre (salvo excepciones); y si ambos padres reunen las condiciones... Pues el criterio es que debera ejercer la Guarda y Cuidado Personal aquel padre que proporcione condiciones idoneas, se procurar no desarraigar a los niños (sobre todo por la edad); Si los padre no reunen condiciones porque solo peleandose pasan pues casi siempre el Juez, decide otorgar el derecho a aquel padre que tiene el pariente màs cuerdo... el mediador, el ecuanime... el que procurara que las relaciones entre padre e hijos y entre hermanitos no se fracturen cada vez que mamà y papà se peleen...
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Cieloacmg, Bayona, eemg
Con lo de lo penal, ya esta la certificación del sobreseimiento definitivo y mi cliente queda exento por esa parte.
Bueno con lo del golpe del menor, se consiguió un resumen en el Bloom donde aparece que el niño se golpeo en el parabrisas con la cabeza.
Bueno espero en Dios que todo salga bien, porque lo que menos quiere mi representado es que ella, la madre de los niños sea la que supervise, ya que ya muchas veces ha intentado con calumnias dañarlo. Bueno sino pues queda la opcion de apelar y que decida la camara y que otro Juez tenga otro punto de vista.
Siguiendo con este tema, pues la audiencia fue suspendida, porque quieren hacer mas estudios y como recomendación del Jefe de Medicina legal, un estudio Medico Forense para dictaminar un acontecimiento que en la vida de los menores afecte la forma de comportarse con sus progenitores. Esto por los Psicólogos del Tribunal de menores.
Mandan a un estudio social a los Padres.
Bueno creo que es lo mejor y tuvo la razón NVRamirez al decir que los mas lógico era que audiencia se suspendiera.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Bayona
Siguiendo con este tema, pues la audiencia fue suspendida, porque quieren hacer mas estudios y como recomendación del Jefe de Medicina legal, un estudio Medico Forense para dictaminar un acontecimiento que en la vida de los menores afecte la forma de comportarse con sus progenitores. Esto por los Psicólogos del Tribunal de menores.
Mandan a un estudio social a los Padres.
Bueno creo que es lo mejor y tuvo la razón NVRamirez al decir que los mas lógico era que audiencia se suspendiera.
Gracias por compartir el desarrollo de tu caso, el cual nos servirá de escuela a los demás colegas.
Tuve un caso en el que el propio dia de la audiencia los dos testigos me manifestaron que no irian, y al tribunal me fui con otros testigos que no habia mencionado en la demanda, y la señora Juez me los acepto, pero la contraparte no se opuso, pero cada caso es distinto, cada contraparte tambien, y tambien cada Juez tiene su criterio, solo es una idea, bendiciones...
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)