Saben ustedes, si la nueva figura de las UDP, que permite el Ministerio de Hacienda, tienen que inscribirse en el CNR, y sacar una matricula, ya que no hay mayor explicación al respecto en la Ley
mi humilde opinión:
revisé el CTRB.y nada hace ver la necesidad de inscribirla en el CNR, porque es para efectos tributarios.
quizás es porque las personas no optan por constituir una sociedad, que sí sería necesario inscribir pero en el Registro de Comercio.
bendiciones