Hoola disculpen que les moleste tanto pero necesito ayuda relacionado con el arrendamiento ,comodato y anticresis como o mejor dicho cuales son los requisitos de estos para que puedan incribirse en el registro si los tienen y que diferencia hay en ellos o si los 3 se inscriben de lamisma forma y si me pueden proporcionar un modelo de como se inscribe cada uno muchas gracias y disculpen las molestias
Desde mi punto de vista, los tres contratos pueden inscribirse en el registro correspondiente, pero una diferencia podría ser la establecida en el Art 61 del REGLAMENTO DE LA LEY DE REESTRUCTURACION DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS, en el cual establece que los contratos de arrendamiento de inmuebles y la anticresis se inscribiran solo cuando deban hacerse valer contra terceros.
Hasta donde conozco no tienen requisitos especiales para su inscripcion.