PROCESO PARA LIBERTAD CONDICIONAL

12 Oct 2012 15:59 #1 por A_Giron
PROCESO PARA LIBERTAD CONDICIONAL Publicado por A_Giron
Buenos días,
Alguien podría ayudarme a explicarme cual es el proceso para las personas que ya estan en fase de confianza, que deseen solicitar y ala semi libertad
Como es en caso que alguien quiera ya aspirar a los beneficios cuando han cumplido media pena o dos tercios de la pena.
de antemano mil gracias
El siguiente usuario dijo gracias: Claus Parker

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12 Oct 2012 22:59 #2 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: PROCESO PARA LIBERTAD CONDICIONAL
Pues la fase de confianza es un requisito para ser candidato a la libertad condicional anticipada, segun los arts, 83,84, 85 del codigo penal, y 51 y 52 de la ley penitenciaria, en teoria esta se obtiene antes de cumplir la media pena, digo en teoria porque hay muchos internos que incluso han cumplido mas de las dos terceras partes de la pena impuesta, a los que no se les ha concedido la fase de confianza, es decir siguen en la fase ordinaria, pero bueno una vez obtenida, si ya se tiene ademas la media pena entonces se debe solicitar ante el juez de vigilancia penitenciaria el beneficio de la libertad condicional anticipada, y si ya se cumplieron las dos terceras partes, pues la libertad condicional ordinaria, para ello necesitas un poder sencillo, y dirigir un escrito al juez de vigilancia penitenciaria y expresar que el interno ya cumple con los requisitos de Ley para ser sujeto del derecho a la Libertad condicional, pidiendole ademas que solicite los informes de conducta del interno al equipo tecnico criminologico del penal donde esta el reo, y una vez recibidos los informes, señale dia y hora para la celebracion de la audiencia de Ley, citando a las partes.

Nota: tambien debes de verificar que el reo haya cumplido con la responsabilidad civil, siempre que se le haya condenado a pagarla, en ese caso deberas ofrecer su pago sea que esta se haga en audiencia o se establezca un tiempo para su pago, o si habiendo sido condenado en abstracto la victima no haya hecho uso del plazo para el ejercicio de la accion civil o si no fue condenado pues solo debes argumentar que la victima no hizo uso de su derecho en tiempo y forma por lo que el reo no puede ser obligado a ello, dado que no hay reclamo, y si no fue condenado a ello de igual forma no es un requisito exigible, por ende llena todos los demas requisitos.
Espero poder haberte ayudado.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
El siguiente usuario dijo gracias: A_Giron, GladysFerrer

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13 Oct 2012 00:12 #3 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: PROCESO PARA LIBERTAD CONDICIONAL
Es una informacion muy precisa del forista Lost canvas....

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: mzroky

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14 Oct 2012 15:21 #4 por A_Giron
Respuesta de A_Giron sobre el tema Re: PROCESO PARA LIBERTAD CONDICIONAL
excelente información colega Canvas...infinitas gracias, cualquier cosa lo molestaré consultándole de nuevo....

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