Acabo de notar que en mi Protocolo tuvimos un error al numerar una escritura. Por ejemplo, escribimos NUMERO DOCE y el numero que le correspondia era NUMERO ONCE. Esa escritura se suspendio debido a que una de las partes rehuso firmarla por un desacuerdo del momento con la contraparte. Las siguientes escrituras se numeraron DOCE, TRECE, CATORCE, ETC. hasta la NUMERO VEINTE cuando nos percatamos del error.
PREGUNTA: se testa el DOCE de la primera escritura y se entrelinea ONCE, salvando luego lo enmendado despues del DOY FE y no se tocan las otras escrituras (de la DOCE a la VEINTE?). Considerando que la escritura enmendada fue suspendida.
o, se testan todas las escrituras en la numeracion asigandoles nuevo numero desde el ONCE?
Amigo si entendí bien tu pregunta solamente tienes que enmendar el número de la escritura suspendida (la once) ya que las otras están bien pues siguen en el orden correlativo (doce, trece, catorce....) como tú mismo dices.
Yo lo que haría en ese caso es simplemente borrar el número "doce". Existen unos borradores de lápiz facela que tienen escobilla, esos son super buenos pues te borran la tinta o el tonner y queda muy bien. Luego imprime el número "once" que le correspondía y al final del documento, a continuación de la razón de suspensión salvalo poniendole Enmendado -once- Vale.
Recuerda que si ya fue suspendida como tú dices ya tendría que tener la razón de suspensión, por lo que la enmendadura no iría a continuación del "DOY FE".
El siguiente usuario dijo gracias: Angeleon, AbogadoAsesor
Considero que el colega "opiniòn" te ha dado la respuesta...
Porque no hay error en la numeraciòn de las siguientes escrituras, simplemente se escribio dos veces "DOCE", entonces se debe borrar el primero, y al final de la escritura enmendar...
PD... Ademàs es cierto que esos borradores son buenos... Solo que yo prefiero los staedtler (valga el comercial)
Ah vaya colega.. Ud ha de tener la representación de esos borradores jajaja. Son buena opción también, he usado de los dos y la verdad ambos trabajan bien.
Las escrituras suspendidas deben de ir nuemeradas con el correlativo correspondiente dentro del resto del libro, enmenda el numero de la suspendida de modo que el correlativo no se altere. Recuerda que es un solo libro de protocolo y en el indice constara la numero once como Suspendida, pero nada debe alterar el orden de la numeracion.
Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31
psanchez escribió: Acabo de notar que en mi Protocolo tuvimos un error al numerar una escritura. Por ejemplo, escribimos NUMERO DOCE y el numero que le correspondia era NUMERO ONCE. Esa escritura se suspendio debido a que una de las partes rehuso firmarla por un desacuerdo del momento con la contraparte. Las siguientes escrituras se numeraron DOCE, TRECE, CATORCE, ETC. hasta la NUMERO VEINTE cuando nos percatamos del error.
PREGUNTA: se testa el DOCE de la primera escritura y se entrelinea ONCE, salvando luego lo enmendado despues del DOY FE y no se tocan las otras escrituras (de la DOCE a la VEINTE?). Considerando que la escritura enmendada fue suspendida.
o, se testan todas las escrituras en la numeracion asigandoles nuevo numero desde el ONCE?
Agradezco de antemano la ayuda en este caso.
Lo que hago en caso asi, es simplemte borro el numero( DOCE)Y LE PONGO EL ONCE( el que ralmente correspponde) y asi sucesivamente hago con todos los instrumentos hasta llegar al numero correcto del instrumento publico.- Claro que al final tu lo ENMENDADOS - SOBRE BORRADO- LO ENTRELINEADOS O TESTADO - LO SALVAS. SENCILLO Y NADIE DE DIRA NADA SOBRE ESO.- Solo una observacion, tu dices lo suspendidste, esta bien, pero antes de hacer la suspencion del documento espero que hayas salvador lo que dices y desoues suspende por las razones que fueren.Bendiciones
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
Cuando una escritura se suspende NO debe iniciarse la razòn de suspensiòn inmediatamente despues del DOY FE (que se escribe al final de cada escritura)
Se deja una lìnea o lo que queda de espacio en la lìnea; y es precisamente para poder resolver "inconvenientes" como el planteado...
Y si la razòn se hizo inmediatamente despues del DOY FE.- Tendra que salvarse la escritura al final de la razòn de suspensiòn... NI MODO...
Y en el caso que la Razón de suspensión esté inmediatamente después del DOY FE.- y se hace la salvatura después de la razón de suspensión, lo observa la Sección del Notariado? puede haber en ese caso un llamado de atención de la Sección?