Hola! necesito su ayuda, alguien podria explicarme sobre el articulo 28 de la Ley del ejercicio notarial de la jurisdiccion voluntaria y de otras diligencias, es decir, sobre la notificacion de titulos a los herederos. En si ¿que es? y el procedimiento que lleva a cabo el notaria para esta diligencia De ante mano muchisimas gracias.
Si colega lo que sucede es que cuando una persona muere y deja deudas amparadas por cualquier clase de documento ya sea una hipoteca una letra de cambio un pagare un mutuo prendario etc, esto puede hacerse saber a los herederos del difunto que dejo las deudas a traves de notario es decir que el notario hace una diligencia en donde levanta actas y deja constancia que ya se notifico a los herederos de la deuda dejada por el decujus.