Buenos dias, alguien me puede explicar que pasa o como se aplica si a alguien le quieren embargar el sueldo 2 entidades finacieras a la misma vez ? ambas pueden descontar el mismo porcentaje o es diferente el porcentaje.
Lo que el legislador ha establecido es que el salario mínimo es inembargable (salvo la excepción de la cuota alimenticia) y de ahí en adelante se puede embargar hasta el 20%.
Art. 133 del Código de Trabajo.- El salario mínimo es inembargable, excepto por cuota alimenticia. En lo que exceda del salario mínimo, la remuneración se podrá embargar hasta en un veinte por ciento. (8)
si hay dos embargos ordenados por diferentes juzgado, el que se aplica en cuanto al salario es el que llega primero a tesoreria de la institucion, ya que el articulo 622 del CPCYM se refiere a embargos de salarios y que es inembargable el salario, sueldo, pension, retribucion o su equivalente en cuantyo no exceda los 2 saalalrios minimos, urbanos,masaltos vigentes... y aparecen 5 escalafones de porcentaje que se pueden embargar que van del 5% al 25% sobre loque exedade dedichacuantia.../
el asrt 623 nulidadde embargos.
En concreto solo un embargo se puede aplicar si es de salarios
y en relacion a inmuebles art 632 embargos de bienes mueblest art. 629 todos del CPCYM