SABE ALGUNO DE USTEDES, SI HAY MEDIDAS CONCRETAS DE PASO DE SERVIDUMBRE,SI HAY MEDIDA ESPECIFICA DE ANCHO. DE ANTEMANO GRACIAS. PUEDEN SER GRAVADOS VARIOS INMUEBLES PARA EL DERECHO DE SERVIDUMBRE??TENGO UNA ESCRITURA QUE HA SIDO GRAVADA PERO EL PASO NO ES ESE INMUEBLE SINO EN LOS ANTERIORES, PUEDE HACERSE ESTO??
tengo entendido, que en las servidumbres voluntarias de paso no hay una medida especifica de ancho, la medida sera segun lo convengan las partes ... y en cuanto a que si pueden ser gravados varios inmuebles para el derecho de servidumbre, considero que si se pueden, segun sea la necesidad del predio dominante.
El Salvador Lex - La comunidad Juridica de El Salvador
Respecto a que si pueden ser gravados varios inmuebles para el derecho de servidumbre, SÍ SE PUEDE... con tal que no se dañe con ellas al orden público, ni se contravengan a las leyes.
Cuando menos lo esperamos, la vida nos coloca delante un desafío que pone a prueba nuestro coraje y nuestra voluntad de cambio....
SALUDOS Y BUEN DIA SEGUN COMPRENDO LA NATURALEZA DE ESTA INSTITUCION JURIDICA COMO LA SERVIDUNBRE
PERMITE SEGUN ACUERDO ENTRE LAS PERSONAS EL LA EXTENCION QUE SE LE PUEDA ESTABLECER NO HAY RESTRICCIONES MAS QUE LAS DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS Y RESPETAR EL CUERDO A TOMAR, NO SE COMPLIQUE HAGALO Y TOMEN UN BUEN ACUERDO.-
Cuando dices servidumbre de paso, creo entender que te refieres a la servidumbre de tránsito, y para que pueda darse debe de cumplirse con tres condiciones: Que el predio dominante este desprovisto de toda comunicación, 2) La comunicación con el camino público debe ser indispensable para el uso y beneficio del predio, 3) Debe indemnizarse al dueño del predio sirviente. Arts. 849 y 850 C., sobre si existen disposiciones sobre medidas para la extensión de la servidumbre, no existe disposición alguna, sino que es un acuerdo de voluntades.
soy poseedora de un inmueble, que se encuentra en medio de dos inmuebles, son pequeños, como de 95 metros cuadrados aproximadamente, el caso es que los dos inmuebles ya tienen su salida especifica, y la persona que me vendio dijo que mi servidumbre se plasmaria en una escritura posterior de una donacion de uno de estos inmuebles, pero como es el caso que el donatario no anduvo pendiente sobre lo de mi servidumbre, entonces las personas que recibieron la donacion gravaron el inmueble del lado derecho, ya que el que deberia ser gravado era el inmueble del lado izquierso,porque es el que tiene mi salida, pero no conformes con eso gravaron tambien mi lote y el lote izquierdo,porque segun ellas no existia mi compra por haberlo registrado hasta el año de 2005 y efectue la compraventa en el año de 1996, y ellas registraron la donacion en el año de 2002, y quieren tambien utilizar parte de mi propiedad como paso para su segundo inmueble, para que hubiera como tipo pasaje para salida a ambos lados pero solo para ella,y a mi me han dejado una salida, pero que aun no esta constituida como mi servidumbre, a la que estas personas han puesto un sin numero de macetas , han sembrado plantas y colocado leña , todo esto obstruye mi salida, y no conformes con esto ponen en la propia salida la cocina de leña para cocinar frijoles, y dejam la puerta abierta, en la que entran vendedores y cualquier dia puede darme una sorpresa, que puede entrar cualquier extraño, y la primer casa que esta cerca es la mia, pero el caso es que si ellas tiene paso sin necesitarlo sobre mi propiedad, cuando la he dejado sola esas personas sacaron todo de mi casa,asi que no es confiable que ellas pasen dentro de mi propiedad, porque nadie se da cuenta de esa situacion ya que es todo cerrado. se puede hacer algo al respecto. asi que mi casa nunca puede quedarse sola por esta situacion. puede esto decirse para que esa servidumbre solo sea usada para mi familia....gracias de antemano por su respuesta.
el ancho de la servidunbre o mediada es a voluntad de los que constituyen la servidunbre, si pueden ser gravados varios inmuebles con la servidunbre, con respecto a si aparece en tu escritura la servidunbre he visto casos que lo omiten pero en los antecedentes existia dicha servidunbre es mas en el registro de la propiedad si se conprueva que tu inmueble devia llevar una alerta para dicha servidunbre te lo ponen como a lerta y ahi te especifican que de acuerdo al antecedente tiene servidunbre de transito o de paso como tu lo llamas