Aca te dejo un modelo de poder donde se faculta para tal propósito y de paso se deja la puerta abierta por la causal de separación de uno o más años consecutivos... "por cualquier cuestión" jeje. Espero te sirva. Ya ha sido usado en un divorcio por mutuo y funcionó perfecto:
NÚMERO
: en
, a las diez horas del día nueve de febrero del año dos mil doce. Ante mí
, de sesenta años de edad, economista, de nacionalidad salvadoreña por nacimiento y del domicilio de
, con número de Documento Único de Identidad cero dos tres cinco uno tres cero tres guión cero, expedido el día cuatro de octubre del año dos mil diez y con fecha de expiración el día cuatro de abril del año dos mil dieciocho, Jefe de la Misión Diplomática y Consular de El Salvador en el
y de este domicilio, comparece el señor:
, empleado, de cuarenta y cinco años de edad, casado, con domicilio en ----, salvadoreño de nacimiento, sueco por naturalización, a quien no conozco, pero identifico por medio de su pasaporte
número
Y ME DICE: I) Que contrajo Matrimonio Civil con la señora
, en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el día veinticinco de abril del año mil novecientos noventa y seis, ante los oficios de la Notario
, lo cual consta en Certificación de Partida de Matrimonio, documento que se encuentra asentado bajo el número
, folio trescientos setenta y dos, del Libro siete de Matrimonios que la Alcaldía Municipal de
llevó en el año de mil novecientos
. II) Que desde el mes de agosto del año dos mil nueve se encuentra separado en forma absoluta de la señora
. En consecuencia de lo anterior y en apego a sus principios, valores y creencias, considera necesario ordenar su vida, para lo cual por medio de este instrumento otorga PODER ESPECIAL JUDICIAL amplio y suficiente en cuanto a derecho fuese necesario a favor del Licenciado
, mayor de edad, Abogado de la República, soltero, del domicilio de San Salvador, con número Documento Único de Identidad
y número de tarjeta que le acredita como Abogado de la República
, para que en su nombre y representación comparezca ante notario a otorgar, de conformidad al Artículo ciento ocho del Código de Familia de El Salvador, ESCRITURA DE CONVENIO MATRIMONIAL DE DIVORCIO que se regirá por las cláusulas siguientes: A) CUIDADO PERSONAL DE HIJOS, REGIMEN DE COMUNICACION Y VISITAS, ESTADIA Y ALIMENTACION DE LOS MISMOS; en el sentido que no procrearon hijos en común con la señora
.
PENSION ALIMENTICIA ESPECIAL: que ninguno de los cónyuges adolece de discapacidad o minusvalía que les impida trabajar; y no se presenta otra situación regulada en el Artículo ciento siete del Código de Familia de El Salvador. C) USO DE VIVIENDA Y BIENES MUEBLES: que ninguno de los cónyuges tiene bienes en comunidad pues cada uno de ellos, es propietario de sus propios bienes muebles e inmuebles. D) ESTIPULACIONES PATRIMONIALES: que no existen ganancias que repartir por lo que faculta a su representado a otorgar amplio y total finiquito a favor de la señora
, y declarar juntamente con ella disuelto el Régimen Patrimonial de Comunidad Diferida, prexistente. E) PENSIÓN COMPENSATORIA: que no existe desequilibrio en el patrimonio de ninguno de los cónyuges que se adecue a lo regulado en el artículo ciento trece del Código de Familia de El Salvador. III) Igualmente faculta a su Apoderado para que en su nombre y representación inicie, siga y fenezca ante el Juzgado de Familia competente DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO O EN SU DEFECTO POR SEPARACIÓN DE LOS CONYUGES POR UNO O MÁS AÑOS CONSECUTIVOS, facultándole para ratificar el convenio matrimonial, pudiendo representarlo e intervenir en todos los trámites, audiencias preliminares, sentencia definitiva y demás trámites que contenga el Código de Familia de El Salvador y Ley Procesal de Familia de El Salvador; pudiendo admitir hechos personales, conciliar, transigir, allanarse y desistir de conformidad al Artículo cien y ciento uno de la Ley Procesal de Familia antes mencionada y todo trámite legal de Familia que sea procedente para el objetivo antes expresado. IV) Finalmente autoriza a su Apoderado para sustituir total o parcialmente este poder, revocar sustituciones hechas y hacer otras nuevas, teniendo los sustitutos las mismas facultades. Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que le fue por mí íntegramente todo lo escrito en un sólo acto, sin interrupción, manifiesta su conformidad, ratifica su contenido y firmamos. DOY FE.-