DEMANDA DE ESTAFA PRESENTADO POR QUERELLANTE

06 Feb 2013 00:08 #1 por AAAA
HOLA ... ME URGE UN MODELO DE DEMANDA DE ESTAFA, YA QUE HA VENIDO UN CLIENTE QUE QUIERE QUE SE LE REPRESENTE EN UN PROCESO DE ESTAFA, PERO QUIERE QUE YA PRESENTEMOS HECHA LA DEMANDA ANTE LA FISCALIA, POR LO QUE SOLICITO URGENTEMENTE UN MODELOOOO!!!!

MUCHAS GRACIAS A TODA ESTA COMUNIDAD MARAVILLOSA!

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06 Feb 2013 01:12 - 06 Feb 2013 01:13 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: DEMANDA DE ESTAFA PRESENTADO POR QUERELLANTE
FISCALIA GERAL DE LA REPUBLICA
SAN SALVADORL-
.


,mayor de edad, Abogado, de este domicilio, con tarjeta de Abogado número:
;y con Numero de Identificacion Tributaria:
a usted con el debido respeto MANIFIESTO:
Que tal como lo compruebo con el Poder Especial para Querellar y con base en los artículos 95,96, 98,99,100, 102, del Código Procesal Penal presento QUERELLA FORMAL EN CONTRA DEL IMPUTADO SEÑOR: JOSE ORLANDO CASTRO AYALA; atribuyéndole de manera formal el DELITO DE ESTAFA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 215 Y 216 numero 1 del código penal en perjuicio de mi cliente la señora: ARGUETA , quien es de cincuenta y tres años de edad, Divorciada, Comerciante en Pequeño, de este domicilio y con Documento Único de Identificación Personal Número:
; por los siguientes hechos que a continuación le EXPONGO:

I-SEÑALAMIENTO DE LOS HECHOS POR LOS QUE SE QUERELLA.-
La Señora: ARGUETA, quien es mi mandante, celebro UN CONTRATO DE MUTUO PRENDARIO CON DESPLAZAMIENTO, antes mis oficios Notariales, en esta ciudad a las nueve horas del día 23 de Noviembre del año 2011, con el Señor: JOSE ORLANDO CASTRO AYALA, en esa fecha de treinta y cinco años de edad, Comerciante, Acompañado, de este domicilio y residencia en RESIDENCIAL
“, CASA Nº. 53, de esta ciudad.
Mi representada le entrego la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en calidad de Préstamo en EL MUTUO PRENDARIO CON DEPLAZAMIENTO; POR VEHICULO AUTO MOTOR DE LAS CARACTERISITICAS SIGUIENTES: PLACAS: P QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES- DOS MIL; CAPACIDAD: UNO PUNTO CINCUENTA TONELADAS; CLASE: Pick Up; MODELO: B DOS MIL QUINIENTOS DOBLE C; MARCA: MAZDA; AÑO: DOS MIL SEIS; NUMERO DE MOTOR: W L A T SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE; y demás características relacionada en la tarjeta de circulación.
El Plazo: fue por tres meses contados a partir de esa fecha, venciendo el día 23 de Febrero del año dos mil doce; al cumplirse dicho plazo me manifestó mi representada que el supuesto indiciado el señor: JOSE ORLANDO CASTRO AYALA, le pidió prorroga de seis meses, para cancelarle el CAPITAL DE SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y sus respectivos interés hasta ese momento, a lo cual la victima: MARIA AURORA PORTILLO, conocida también como MARIA AURORA PORTILLO DE ARGUETA; accedió, confiando que él ya que eran muy buenos amigos; digo buenos amigos, porque NADIE LE PRESTABA DINERO POR EL MENCIONADO VEHICULO; en esa fecha, PORQUE SE ENCUENTRA A PLAZO CON SAQUIERO, y en verle la necesidad de urgencia del dinero por una enfermedad de su compañera de vida del supuesto indiciado, ella le presto dicha cantidad; este solamente cumplió una parte de lo pactado dentro del MUTUO PRENDARIO CON DEZPLAZAMIENTO, pagando solamente los primeros tres meses del interés pactado y de la prorroga solamente cancelo dos meses de dicho interés; es decir que solamente ha cancelado cinco meses de intereses en esa fecha, es decir dio su interés hasta la el mes de Abril del año 2007.- Si bien es cierto que el vehículo SE ENCUENTRA A PLAZO CON SAQUIRO; Y SE ENCUENTRA EN CASA DE LA VICTIMA; NO GARANTIZA QUE EL VEHICULO LE QUEDA A LA SEÑORA: ARGUETA; ya que el dueño legal del vehículo sigue siendo SAQUIRO; es obvio que le supuesto indiciado ya tenia todo planificado, dejar el vehículo en referencia a la victima, y no PAGAR SU DEUDA a sabiendo el supuesto indiciado la situación legal de dicho vehículo antes descrito. El vehículo tiene de estar en poder la victima UN AÑO DIEZ MESES A LA FECHA.
II- IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA QUERELLADA:
La persona en contra de la cual con instrucciones Especiales de la Victima estoy promoviendo la presente Querella es contra el ciudadano señor: JOSE ORLANDO CASTRO AYALA, en esa fecha de treinta y cinco años de edad, Comerciante, Acompañado, quien se Identifica con su Documento Único de Identidad Numero: Cero dos millones novecientos diecinueve mil ciento setenta y cuatro- siete; de este domicilio y residencia en RESIDENCIAL CASA Nº. 53, de esta ciudad San Miguel.
III- IDENTIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE OFRECEN:
PRUEBA TESTIMONIAL
- RECIBIR DENUNCIA A LA VICTIMA SEÑORA: ARGUETA, quien es de cincuenta y tres años de edad, Divorciada, Comerciante en Pequeño, de este domicilio y con Documento Único de Identificación Personal Número: ; y puede ser citada en La RESIDENCIA EL SITIO, Calle Las Brisas, casa Numero seis, de esta ciudad, o por medio de mi persona; con base en él articulo 162 del código procesal penal por Principio de Libertad Probatoria.
- MIGUEL ANGEL FLORES PEREZ, de veinte años de edad, Soltero, Estudiante y con documento único de identidad personal número: ======== y puede ser citado por medio de mi persona por Economia Procesal.
IV- PRUEBA DOCUMENTAL:
* TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA, DE MUTUO PRENDARIO CON DESPLAZAMIENTO; INSTRUMENTO NUMERO: 120; LIBRO NUMERO:13; antes mis oficios Notariales.

V- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL DELITO DE ESTAFA AGRAVADA ART. 215 Y 216 numero 1 DEL CODIGO PENAL.
En términos Jurídicos el Tipo Penal atribuido al Imputado es ESTAFA AGRAVADA, Delito cuya norma disvalorativa del derecho Penal Pretende Salvaguardar el Bien Jurídico Patrimonial a Través de la Defraudación, la cual se ve afectada por los Actos Antijurídicos realizados por cualquier ciudadano común.
El Delito por el cual se está acusando se origina precisamente cuando el Imputado - JOSE ORLANDO CASTRO AYALA - ha manifestado de manera dolosa al no cancelar la deuda contraída con la victima, a sabiendo de la situación legal del mencionado vehículo, que esta a plazo con SAQUIERO del simple hecho dejar cancelar los pagos de los intereses desde el mes de abril del año 2007 hasta la fechas aprovechándose de la situación obteniendo un provecho injusto, perjudicando de manera directa a la victima en su patrimonio dado para solucionar el problema de salud de la compañera de vida del indiciado que si bien es cierto que de acuerdo a la documentación ( Tarjeta de Propiedad de vehículo ) a nombre del imputado; pero esta a plazo el mismo ( el vehículo) pero al dejarlo en garantía es fraudulenta Acosta de la afectación del patrimonio de mi cliente y consecuentemente ante este tipo de conducta el legislador establece una sanción de cinco a ocho años de prisión considerándose un delito grave dado que el imputado no Puede incrementar su patrimonio de manera fraudulenta.

Primeramente el Imputado – JOSE ORLANDO CASTRO AYALA-, actúa con dolo pues hay un interés Económico de no pagar la deuda del Mutuo Prendario con Desplazamiento del referido vehículo que le pertenece de hecho a la victima dado que en la actualidad se han roto los lasos de confianza que originaron la proposición del imputado a la victima en el año mil dos mil seis , pues como se ha relacionado en el cuadro fáctico el nivel de confianza que existía es el que permitió que se realizara éste tipo de acuerdo desarrollándose en la actualidad el provecho injusto a través del ardid dado que al momento de realizarse el acto que origina ésta defraudación las condiciones de confianza no permitía que no se identificara el dolo del aprovechamiento injusto generándose consecuente el delito tras la manifestación del imputado de consentir el hecho de No otorgar la venta que le corresponde a la victima consumándose su actuación delictiva con la acción omitiva de acceder a lo pactado de manera personal con la victima quien a través de la prueba documental se puede corroborar el desplazamiento del vehículo antes relacionado nombre del imputado pero a plazo el mismo.
Que al hacer un análisis de los elementos periféricos aquí señalados se colige la autoría del Imputado quien no tiene medio alguno de probar lo contrario pues su actuación omisiva permite identificar claramente la defraudación a través de la Estafa como elemento Tipo del Delito, connotada conducta omisiva que siendo típica por encajar en los elementos del tipo es antijurídica pues genera una afectación directa a los intereses de la victima pues de manera confiable se ve orientada por el imputado a que se realizara el acto ya señalado y ante la necesidad imperante se aborda el arreglo contractual del Mutuo Prendario con DESPLAZAMIENTO, y con el fin de defraudar al VERDADERO DUEÑO DEL VEHICULO EN ESTE CASO SAQUIERO es claro la pretensión del imputado que permiten demostrar la actuación engañosa y maliciosa con la cual está actuando.

VI- FUNDAMENTACIÓN DE SOLICTAR LA DETENCIÓN ADMINISTRATIVA:
Él merito de la medida extrema de la Detención Administrativa solicitada se origina precisamente en la gravedad del delito por una parte pues la sanción a imponer supera los tres años de prisión por una parte; Por otro lado es importante rescatar que no tiene arraigo Familiar en esta ciudad, ya que el es Originario de La Población de San Alejo, DEPARTAMENTO DE LA UNION y aparte de ello los elementos de existencia y participación del delito atribuido con la prueba ofrecida he incorporada dentro de las presentes diligencias iniciales de investigación se está cumplido con los presupuestos básicos y necesarios para la persecución penal pues la vinculación del imputado es directa con la victima y si analizamos los elementos periféricos probatorios son concluyentes en demostrase la existencia del delito y su correspondiente autoría dentro de éste proceso que se inicia a través de la presente querella.
Dicho lo anterior y con mucho respeto PIDO:

1- SE ME ADMITA LA PRESENTE SOLICITUD DE QUERELLA, que promuevo con base en los artículos 13, 95, 96, 98, 100, 292 del código procesal penal.
2- Se Reciba Denuncia a la victima y entrevista a testigos ofrecidos de mi parte y los que surjan a lo largo de la investigación.

3- Documentación que presento: PODER ESPECIAL PARA QUERELLAR, TESTIMONIUO DE ESCRITURA PUBLICA DE MUTUO PRENDARIO CON DEPLAZAMIENTO, OTORGADA POR EL INDICIADO JOSE ORLANDO CASTRO AYALA, a favor de la victima.
4- RECOLECTADA LA INFORMACIÓN SE PRESENTE REQUERIMIENTO AL JUZGADO DE PAZ COMPETENTE Y SÉ SOLITE LA INSTRUCCIÓN FORMAL CON DETENCIÓN EN CONTRA DEL IMPUTADO JOSE ORLANDO CASTRO AYALA.
5- Señalo para oír notificaciones en Oficina Jurídica “XXXXXXXXXXXXXX” ubicada 2da ===========================Bis- San Miguel al Teléfono: XXXX
San ========, Ocho días del mes de ===========del año dos mil DOCE.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: Dianaorellana, Hernandez007, Elias.Madrid

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06 Feb 2013 01:17 #3 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: DEMANDA DE ESTAFA PRESENTADO POR QUERELLANTE
Aqui te dejo un link, de otro forato que te servira tambien.....
elsalvadorlex.org/index.php?option=com_j...e-querella&Itemid=29

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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06 Feb 2013 02:02 #4 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: DEMANDA DE ESTAFA PRESENTADO POR QUERELLANTE
Excelente modelo colega, gracias

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06 Feb 2015 09:00 #5 por Dianaorellana
Respuesta de Dianaorellana sobre el tema Re: DEMANDA DE ESTAFA PRESENTADO POR QUERELLANTE
Muchas gracias. buen modelo.

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