COLEGAS ACUDO A USTEDES SOLICITANDO SU VALIOSA ORIENTACION.....ESTE ES EL CASO... SE APERSONO A MI OFICINA UN CLIENTE CON EL SIGUIENTE CASO: EL COMPRO EL RESTO DE UNA PROPIEDAD EN SEPTIEMBRE DE 2012, EL NOTARIO ELABORA LA ESCRITURA, PERO EN EL REGISTRO LE DENEGARON LA INSCRIPCION, SOLICITANDOLE EL LEVANTAMIENTO DE PLANOS PARA CONFRONTACIÓN DE DATOS Y POR FALTA DE LA FICHA QUE DA CATASTRO DONDE APRUEBA LOS DATOS EN EL PLANO ESTABLECIDOS, AHORA EL ME BUSCA PARA QUE LE INCRIBA LA PROPIEDAD SUBSANANDO ESA OBSERVACION, ACUDI AL REGISTRO PARA ASESORARME Y ME EXPLICARON QUE SOLO NECESITABAN QUE PRESENTARA PLANOS DE ESE RESTO QUE SE HABIA VENDIDO, PARA ELLO SE LEVANTO EL PLANO, PERO PARA NUESTRA SORPRESA EL RESTO VENDIDO TIENE MAYOR CAPACIDAD EN LA ESCRITURA DE COMPRA VENTA, QUE LA QUE FISICAMENTE TIENE EL INMUEBLE AL LEVANTAR EL PLANO, Y PARA MAS SORPRESA EL DUEÑO OSEA EL VENDEDOR MUERE EN DICIEMBRE DE 2012.
Ninguna de las dos cosas, te comunico que hasta donde yo tengo entendido el plano para los restos solo es referencial, es decir, para que personal del cnr se a persone hasta donde esta ubicado el resto y se percate que realmente ese resto existe,por que han habido problemas con restos que realmente no existen, pero para la elaboración de la escritura de venta de resto, no tiene ninguna influencia el plano, es decir, la capacidad no la va a modificar, por que no esta segregando ni remidiendo, en mi humilde opinión, solo debe cumplir con la aprobación del plano por catastro agregarlo a la escritura observada y no modificarle nada, asi es eso...
Yo tuve un caso similar es mas hice la escritura y le puse la extension superficial q decia el plano pero mi sorpresa fue q tiene q ser la extension del antecedente