Estimado colega, la tarjeta de abogado dura 10 años, por lo que vencido dicho plazo debes renovarla.
LEY ORGÁNICA JUDICIAL: Art. 144.- Se establece la Tarjeta de Identificación del Abogado, que será extendida y firmada por el Secretario de la Corte Suprema de Justicia y contendrá: el número de orden, el nombre del abogado, el lugar y fecha de su nacimiento, la fecha del Diario Oficial en que aparezca publicado el acuerdo que lo autoriza para el ejercicio de la abogacía, la fotografía y firma del abogado. La tarjeta será extendida gratuitamente por primera vez y deberá ser renovada, también gratuitamente, cada diez años, con fotografía de la época pero en caso de reposición de la misma, el interesado pagará veinticinco colones en timbres fiscales que se adherirán a la que se expida nuevamente. (9)
Eres muy amable con la respuesta, y ese es el propósito de este foro, pues hay temas que se a veces se olvidan y el tiempo es oro y es más practico usar este medio. Mil gracias.