Una donación irrevocable que ha cumplido con todos los requisitos legales, exepto que no ha sido inscrita es valida o lo será apartir de su inscripción en el registro?
Es valida para hacerla valer contra todos y esa es la idea solo si se inscribe
Art. 656.- Para que valga la tradición se requiere un título traslaticio de dominio, como el de
venta, permuta, donación, etc.
Se requiere además que el título sea válido respecto de la persona a quien se confiere Art. 683.- La tradición del dominio de los bienes raíces y su posesión no producirán efecto contra
terceros, sino por la inscripción del título en el correspondiente Registro