Hinmer Ruiz escribió: HOLA COLEGAS NECESITO DE AYUDA EN CUANTO UN INTERROGATORIO DIRECTO EN UN ESTADO FAMILIA SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO DE HIJO MENOR DE EDAD
Buenos Dìas:
Si existe prueba de ADN, la prueba testimonail va encamina a determinar el Estado Familiar de Hijo, es decir la posesiòn de dicho estado familiar, en pocas palabras, establecer que el menor es hijo de la que promueve el proceso, que entre ellos existen las relaciones propias de madre e hijo, y va màs o menos asì:
La audiencia inicia con la identificación de los testigos... Que la hace el juez...
Inmediatamente despues explica el juez, que se le hara preguntas al testigos, primero por la parte que lo presenta luego por la contraparte (en su caso la procuradora) y solo si el juez, lo considera hara alguna pregunta final...
Con eso de ponerse de pie... solo algunos Abogados lo hacen (yo, personalmente nunca lo he hecho); y si el juez, lo pide (que tampoco he visto que lo haga) se pone uno de pie...
La parte de la identificación del testigo ya no se hace porque ya lo hizo el juez...
Que diga el testigo si conoce a la señora xxxxxx
Que diga el testigo si conoce donde reside la señora xxxx
Que diga el testigo si conoce si la señora xxxxx, tiene hijos
Que diga el testigo los nombres y edades de los hijos de la señora xxxx
Que diga el testigo quien cubre los gastos de crianza y educaciòn del menor xxxx
Que diga el testigo en que calidad la señora xxxx presenta al menor xxxx
Que diga el testigo si la señora xxxx, se ha separado en alguna època del menor xxxx
Que diga el testigo quien representa al menor xxxx, en su centro escolar.
Que diga el testigo si conoce si en el menor cuenta con la partida de nacimiento
Que diga el testigo como le consta la anterior afirmaciòn
Al finalizar el primer testigo... Sale este y entra el segundo... Y se repite exactamente lo mismo... Se le juramenta; y empieza el interrogatorio por el Abogado (rara vez, solo en Santa Tecla, lo he visto) la jueza interroga directamente, porque el Juez, deja que el interrogatorio lo haga todo el Abogado, èl solo los identifica... Y cuando digo que la Jueza, hace el interrogatorio, es que ella hace las preguntas màs importantes: Como si conoce si el niño xxx, el hijo de la señora xxx, o simplemente pregunta al testigo; que si conoce a que ha llegado a declarar... y de ahì el testigo empieza a contar la historia