Es le caso de Amenazas con Agravacion Especaial. En Audiencia inicial el juez resolvio sobreseimiento provisional, Fiscalia apelo, por lo que se decreto la detencion... el imputado no es capturado aun, puede designar a alguien para que concilie en su representaciòn? procede extrajudicialmente la conciliacion y presentarse escrito al juzgado de instruccion para que señale audicencia espcaial? o que se debe hacer?
Agradecere sus comentarios.
El delito de amenazas es un delito de acciòn pùlbica, previa instancia particular, lo que implica que el ejercicio de la acciòn penal por parte de la FGR necesita la autorizaciòn de la vìctima para proceder.
En el caso planteado, si existe voluntad de conciliar, debe materializarce dicho acuerdo y hacerlo del conocimiento del juez competente por escrito o en audiencia, a efecto de dar por terminado el proceso.