ES EL CASO QUE LA SEÑORA PEREGRINA FALLECIO EN EL AÑO 1982, SIENDO MADRE DE MARIA QUE NUNCA FUE ACENTADA EN EL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR A SU MENOR HIJA MARIA QUE NACIO EN EL AÑO 1978, MARIA A SU VES TUBO TRES HIJAS TODAS A LA FECHA MENORES LAS CUALES NO FUERON ACENTADAS EN EL REGISTRO14- 12-9 AÑOS, MARIA INICIO EL TRAMITE CORRESPONDIENTE EN LA PROCU PARA PODER DAR LEGALIDAD AL NOMBRE DE SUS HIJAS PERO ES EL CASO
1.LA SEÑORA PERERINA MAMA DE MARIA NO APARECE SU PARTIDA DE NACIMINENTO EN EL REGISTRO DE SU NACIMIENTO YA QUE UN SINIESTRO QUEMO LOS LIBROS.
2-LA PARTIDAD DE DEFUNCION NO FUE SACADA YA QUE EN EL AÑO QUE MURIO 1982, POR NO PAGAR EL DERECHO UN FAMILIAR YA FALLECIDO QUE ERA EL GUARDIAN PERMITIO QUE LA ENTERRARAN.
3-HOY QUE BUSCAMOS ALGUNA DOCUMENTO NO HAY NADA PREGUNTA
COMO SE PUEDE HACER PARA SACAR LA DEFUNCION DE PEGRINA SI ALGUIEN HA TENIDO EXPERIENCI EN ESTE TIPO DE CASO POR FABOR COLABOREN ESPERO SE TOMEN SU IEMPO PARA CONESTAR
tenes que hecr varias diligencias, lo primero es un asentamiento de partida de nacmiento si no tiene y si tiene solo tenes ue hacer una diligencias de establecimiento subsidiario de defuncion y despues el de funcion, en la alcaldia le tienen que extender una constancia en el cual dice que no existen partidas de nacimiento, y despues llevala al rnpn.
SEGUN ENTIENDO EN EL PROBLEMA PLANTEADO, SE NECESITA EL ESTADO FAMILIAR DE DEFUNCION DE LA ABUELA Y EL ESTADO FAMILIAR DE HIJOS DE LOS MENORES. MI RESPUESTA ES: A LA ABUELA HAY QUE SEGUIRLE EN DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA UN ESTADO SUBSIDIARIO DE DEFUNCIÓN PARA LO CUAL SE REQUIERE UNA CONSTANCIA DE LA ALCALDIA DE LA CIRCUNSTANCIA POR QUE NO EXISTE LA PARTIDA DE DEFUNCION Y DOS TESTIGOS. CON RESPECTO A LOS MENORES DEBE SEGUIRSE POR VIA JUDICIAL EL ESTADO FAMILIAR SUBSIDIARIO DE HIJOS
considero que primero se debe ir a la alcaldia en donde nacio la madre de Maria,y ahi que les den una notita que diga que no aparece ninguna partida de nacimiento, aca se debe hacer un subsidiario de nacimiento para luego hacer el subsidiario de defunción,luego con esto maria debe hacer el subsidiario de nacimiento de ella siguiendo los mismos procedimientos que hizo con lo de la madre, presentando dos testigos mayores que ella.haciendolo por jurisdicción voluntaria y de otras diligencias, debe resolver primero el problema de la madre , el de ella, para luego arreglar el de las hijas.
Son varias diligencias como lo menciona otro colega ya que no se encuentra la partida de nacimiento de la señora, ni la defuncion por logica la señora Maria no tiene documentos y en consecuncia sus hijas.Esto solo es como una guia.
Que te extiendan Certificacion de la señora en al Alcaldia respectiva de no asentamiento de nacimiento de la abuela, de maria y en consecuencia de las tres menores.
despues las Diligencias de subsidiario de Nacimiento y defuncion, pero primero lo de la señora Peregrina, despues Maria y las menores via judicial, pero igual siempre vas a pedir el no asentamiento, pero hacelo paso a paso. espero te ayude la informacion
como te han dicho pide la constancia en la alcalfoa de no existencia de la partida de nacimiento despues de obtener la de naciemiento pides otra constancia de no existencia de la de defucio y sigues la diligencias estas las debes llevara san salvador al rnpn despues que te las firma el sindico y ya cuando tengas las dos partidas tanto de nacimiento como de defuncion haces la misma diligencia con las hijas ebçn cuanto a nacimiento
SALUDOS Y BENDICIONES PARA TODOS LO CRITERIOS QUE HAN APORTADO HAN SERVIDO PARA COMENZAR UN PROCESO QUE ESTABA ALGO COMPLICADO HEMOS REALIZADO EL TRAMITE PASO A PASO PERO VA POR BUEN CAMINO