cuales son las soluciones practicas cuando se altera el uso del protocolo en sus folios frentes y vueltos??
como se suspende una escritura que ya ha sido firmadas por las partes y estas desisten del contrato?
porque el protocolo no hace fe en los juicios??
krenherrera escribió: cuales son las soluciones practicas cuando se altera el uso del protocolo en sus folios frentes y vueltos??
como se suspende una escritura que ya ha sido firmadas por las partes y estas desisten del contrato?
porque el protocolo no hace fe en los juicios??
por su ayuda les estare muy agradecida
La primera pregunta no la entendì; pero asumo que se refiere que por error se imprime en el vuelto, cuando la impresiòn debiò iniciar en el frente? Cuando se advierte el error se detiene la impresiòn y donde finaliza. Se consigna la razòn de suspensiòn: "en este estado suspendo la presente escritura por errores en su impresiòn".
2.- Si ya ha sido firmada por las partes, pueden hacerse dos cosas: Una: inmediatamente despuès que las partes firman un contrato, en el instrumento siguiente se hace una escritura de resciliaciòn de contrato por medio de la cual las partes dejan sin efecto las estipulaciones y condiciones del contrato antes firmado. Dos (no recomendable) dejar la escritura como està y si ha de surtir efecto con la inscripciòn en algùn registro pùblico, no presentarlo para que no surta efectos contra terceros y no genere obligaciones.
3.- Porque la ley lo prohibe: Ley de Notariado. Art. 28.- El Protocolo no podrá presentarse en juicio ni hacer fe en él y no podrá sacarse del poder del notario, excepto en los casos expresamente determinados por la ley, pero los otorgantes podrán examinar, bajo la vigilancia del notario o del funcionario respectivo en su caso, los instrumentos que les conciernan. La Corte Suprema de Justicia podrá ordenar en cualquier tiempo la inspección de uno, de varios o de todos los protocolos, comisionando para ello a uno o más de sus miembros o de las Cámaras de Segunda Instancia, o alguno de los Jueces de Primera Instancia.
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: furio14, RafaAlfaro, krenherrera
Pues hasta donde yo se una escritura firmada ya no se puede suspender.
el protocolo que no se puede presentar en juicio por que lo que son voluntades entre los particulares, cosas en la que cada uno se ha obligado con otro, aparte de eso hay obligaciones de otras personas que no le incumben mas que entre ellos, por esto es que no se puede presentar como prueba