Hola tenia una duda para la elaboracion de un contrato de servicios profesionales existe un minimo o maximo de horas que se le puede establecer al contratado para que realize su servicio? y si es el caso que los fondos con que se vas a pagar son de una institucion gubernamental tienen o no derecho a afp y al isss o solo se hace al retencion de la renta?
LE RECUERDO QUE EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES NO ESTA SUJETO A LAS PRESTACIONES DE LEY COMO EMPLEADO POR TANTO SOLO DEBE ESTABLECERSE LA RETENCION DE RENTA SINO SE ADECUARIA A UN CONTRATO DE TRABAJO CON TODAS LAS PRESTACIONES DE LEY Y EN CONSECUENCIA ESTARIA SUJETO A UN HORARIO.-
Erika12 escribió: Hola tenia una duda para la elaboracion de un contrato de servicios profesionales existe un minimo o maximo de horas que se le puede establecer al contratado para que realize su servicio? y si es el caso que los fondos con que se vas a pagar son de una institucion gubernamental tienen o no derecho a afp y al isss o solo se hace al retencion de la renta?
Efectivamente no esta sujeto a retención de prestaciones laborales. Solo se descuenta la renta.
En cuanto al horario regulamente se adecua al horario que tienen los empleados del lugar donde desarrollará sus labores. Pero sobre esos aspectos los contratos suelen ser lacónicos...
muchas gracias por la informacion, y entonces quiere decir que este tipo de contrato por venir de fondos GOES deben regularse por la LACAP? y cual es la base legal en que no tienen derecho a ese tipo de prestaciones como afp y el iss?