COLEGAS LES TENGO UNA PREGUNTA: SE INICIARON DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA VÍA NOTARIAL, PERO EL NOTARIO QUE LAS INICIO, NO LAS CONTINUO, SOLO PIDIÓ EL INFORME DE LEY A LA CORTE. ES MAS LAS DILIGENCIAS DEBÍAN DE SER TESTAMENTARIAS Y EL LAS HIZO INTESTADAS.
AHORA LA HEREDERA QUIERE CONTINUAR CON ELLAS, E INCLUSO OTORGO PODER TAL COMO LO ESTIPULA LA LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, Y EL NOTARIO AGREGO UNA CLAUSULA MAS, EN LA QUE SE REVOCABA EL PODER DEL PRIMER NOTARIO.-
¿SE PODRÁN SEGUIR ESTAS DILIGENCIAS NUEVAMENTE VÍA NOTARIAL O POR LEY HAY QUE HACERLAS EN EL JUZGADO?
Me parece que lo más conveniente sería iniciar las diligencias via judicial por el problema que ya se iniciaron notarialmente y no se concluyeron habría que hacer notar esto al juez para que cuando el pida a la CSJ el informe no le respondan que ya se iniciaron tales diligencias.