Bueno colegas, resulta que ayer una persona me hizo una consulta, a la cual no supe contestar...
Resulta que el padre de la persona que me hizo la consulta tiene mucho dinero o tenia, ya que este señor es bastante mujeriego y derrocha su dinero en mujeres jóvenes que le piden sus "gustitos" al parecer este señor tiene una especie de adicción a estar con mujeres (como todo mujeriego) que prácticamente le ha hecho perder la conciencia en el gasto. La preocupación de la persona, es que su padre se gaste todo el dinero que le queda de su vejez. (estamos hablando de un señor de mas de 80 años) por lo cual ustedes se imaginaran que la preocupación de la persona es grande, ya que a esta edad una persona asi depende bastante de tratamientos medicos y cosas asi. Según entiendo el señor se esta quedando sin dinero y lo que la persona me pregunta, es que se puede hacer en estos casos? Como se puede demostrar que esta persona (el señor) ya no tiene libertad de administración del dinero. O si se puede nombrar un administrador en estos casos, o como seria el proceso?
Agradecería su ayuda colegas, de antemano gracias.
en el caso de las adicciones lo mas que se podría hacer es tenerles consideración ya que algunas de ellas acompañan a los afectados hasta sus últimos días, y el código de familia en el art. 293 señala cuales son las causas de incapacidad y esta causa mencionada no entra en ninguna de las mencionadas en dicho articulo, por lo cual solo queda cumplir las responsabilidades enumeradas en el título II de dicho código.
Legalmente hablando, no existe ningun mecanmismo legal para impedirle al señor, seguir gastanto su dinero en lo que quiera, incluso, pudiendo llegar a quedarse en la calle, a no ser, que exista algun tipo de incapacidad que comprobable medicamente y que ello de origen a nombrarle un Curador que administre sus bienes. Pero por lo que usted escribe, el simple hecho de que le guste gastarse el dinero en mujeres, no es causa suficiente, a mi parecer, para declararlo incapaz. Suerte