Escrituras extraviadas

18 Feb 2014 17:20 #1 por Wguevara
Escrituras extraviadas Publicado por Wguevara
Hola buenas tardes:
Necesito asesoría sobre lo siguiente:
Conozco a una persona que me quiere vender su casa, pero no tiene las escrituras porque su padre ya murio y entiendo que no la dejó heredera a ella de dicha vivienda. Las escrituras las perdieron en el movimiento del cepelio de su padre.

gracias

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18 Feb 2014 17:53 #2 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema Escrituras extraviadas
Que solicite una constancia de CARENCIA DE BIENES o DATO DE PROPIETARIO en el Registro de la Propiedad donde esta ubicado el inmueble. Dichas constancias las pueden solicitar con el nombre del padre de la señora, En dicha constancia aparecera el dato registral del inmueble, es decir su matricula o dato de inscripciion. Una vez corrobarado el dato registral, la señora y demas herederos deberan aceptar herencia del padre para efectuar la venta a su favor

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18 Feb 2014 18:01 #3 por bravo
Respuesta de bravo sobre el tema Escrituras extraviadas
TAMBIEN PUEDE SOLICITAR UN INDICE EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDA A NOMBRE DEL PADRE SOLO QUE TIENE QUE LLEVAR UN DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL FALLECIDO Y AHI LE APRECERÁ TODOS LO INMUBELES QUE TENGA REGISTRADOS Y CON EL NUMERO DE MATRICULA PUEDE SOLICTAR UNA CERTIFICACIÓN LETERAL DE LA ESCRITURA Y LUEGO SEGUIR LAS DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA.

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18 Feb 2014 21:05 #4 por sungki
Respuesta de sungki sobre el tema Escrituras extraviadas
saludos, luego cuando haya sido declarada heredera, para inscribir la casa a favor de ella, deberá presentarse a la corte a solicitar testimonio de la escritura para que sea inscrita junto a la declaratoria de herederos y se haga el traspaso

"La fuerza de voluntad es el arma más poderosa del hombre, si esa fuerza con debilidad responde, serás un hombre vencido"

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19 Feb 2014 08:19 #5 por Wguevara
Respuesta de Wguevara sobre el tema Escrituras extraviadas
Gracicas por su respuesta Lic. solo tengo algunas inquitudes.
Al tener el documento de CARENCIA DE BIENES o DATO DE PROPIETARIO, donde y como se hace la aceptacion de herencia, y que valor tiene el tramite por dicho tramite.


gracias

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19 Feb 2014 08:38 #6 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema Escrituras extraviadas

Wguevara escribió: Gracicas por su respuesta Lic. solo tengo algunas inquitudes.
Al tener el documento de CARENCIA DE BIENES o DATO DE PROPIETARIO, donde y como se hace la aceptacion de herencia, y que valor tiene el tramite por dicho tramite.


gracias


La carencia de bienes, o dato de indice de propitario, solamente le servira para saber el numero de inscripcion del terreno que ha dejado el causante. En canto a la aceptacion de herencia, esta se puede hacer via judicial o via notarial, esta ultima forma es la mas rapida pero tambien la mas cara en cuanto a honorarios. No sabria decirle el valor del tramite, ya que eso depende de muchas situaciones particulares de cada caso.

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19 Feb 2014 10:12 #7 por Wguevara
Respuesta de Wguevara sobre el tema Escrituras extraviadas
Gracias, y yo como comprador que tendria que hacer, ya que la señora me manifiesta que lo que desea es desharce de la casa, y por tal razon es que estoy haciendo estas consultas. Y en el NRC puedo obtener una copia certificada de la escritura. Aunque la jurisdiccion sea de Tonacatepeque.
Y que documentos necesitaria yo de ella y de la persona fallecida que es su padre.

Gracias nuevamente, y que Dios los bendiga.

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19 Feb 2014 12:36 - 19 Feb 2014 12:39 #8 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema Escrituras extraviadas
Hola Wguevara el dato de indice o la carencia de bienes le servirá para saber como le dijo munra primero si el señor que fallecio (causante) efectivamente es titular del inmueble que usted quiere adquirir y segundo para determinar el número de matrícula, ya con eso usted puede solicitar una certificación extractada para ver si el inmuble no posee algún tipo de restricción o gravamen que afecte el derecho de terceras personas, con esta información es importante que tenga en cuenta si el señor fallecido dejo testamento o no, en caso que haya dejado que a ella se le haya hecho la asiganción del inmueble o fue declarada heredera definitiva para que posteiormente se pueda hacer la compraventa a su favor, en caso que no haya testamento debe verificar que ella sea la única persona que posee la vocación sucesoria, es decir que no hayan mas hijos (hermanos de ella) y que los padres del causante ya hayan muerto sin dejar de lado si estaba casado o no, caso contrario solamente ella no podria disponer del bien pues habra otras personas con igual vocación que ella, si no hay más personas y si este es el unico bien que conforma la masa sucesoral la señora que desea venderle a usted puede hacer una cesión de derecho hereditario para que usted pueda seguir las diligencias de aceptación de herencia y una vez declarado eheredero poder hacer el traspaso por herencia del inmueble a su favor y llevar la declaratoria de heredero junto al testimonio de escritura pública del inmueble.

Si la escritura no la tiene con una copia certificada de la certificación de declaratoria de heredero definitivo puede solicitar a la corte que le extienda un testimonio y esto lo presenta al CNR para su inscripción porque no creo que en el cnr admitan la presentación de una literal.

saludos
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

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