Quisiera que me ayudaran, en un tema que tengo duda.
Si en la escritura de compraventa de un apartamento, ya esta registrada pero las medidas reales son diferentes a las de la escritura. ¿Se podría hacer una remedición del apartamento por Jurissdición Voluntaria y presentar al Registro.
Robertio.
Por la misma naturaleza del inmueble,las medidas son inalterables,ya que es un edificio.Por principio de Rogacion,usted puede realizar la remidicion perfectamenta y presentarle.Ahora mi muy particular punto de vista,ya que como al principio mencionaba las medidas son inalterables,se entenderia en un predio podria entrar en discrepancia con los colindantes,pero en este caso loveo dificil,pero si se desea tener certeza registral de las medidas reales perfectamente contaacte al perito y se realiza la remidicion.
El apartamento queda en tercera planta, el problema que se tiene es que en el Registro en la extractada aparece 0.00 respecto de las medidas, debido a que en la escritura de Constitución de los apartamentos se dio en metros cúbicos, el registrador al referirse a las medidas puso cantidad en metros cuadrados. El dueño quiere remedir por Jurisdicción Voluntaria, la duda surge en que un colega me dijo que la remedisión es para inmuebles pero que existe la cantidada en la mesura y este es el caso que en el registro no dice la medida del inmueble. ¡Se puede hacer la remedición del Inmueble?.