Duda !!!!

02 Sep 2014 10:17 - 02 Sep 2014 10:19 #1 por quintanahx
Duda !!!! Publicado por quintanahx
Solamente es entregado de cadáver por parte de Medicina Legal o es necesario llevar a cabo un proceso subsidiario de defunción en el Juzgado de Familia? En el caso en que una persona fallece por accidente de transito sin identificar al responsable ni a la persona fallecida. Hecho sucedido hace tres meses. Medicina legal entregó el cadáver a la alcaldía y ésta lo enterró como persona desconocida. - La esposa de la persona fallecida, luego de haberla buscado durante algún tiempo; llega a medicina legal e identifica a la persona fallecida en dicho accidente de transito como su esposo a través de las fotografías que poseen en Medicina Legal. Ahora la esposa desea enterrarlo en el cementerio de un municipio y departamento distinto al... en que lo enterraron y por supuesto asentar su respectiva partida de defunción. Si es uno u otro caso... ¿Que hay que hacer? sería alguien tan amable de ayudarme?

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02 Sep 2014 12:09 #2 por julyco
Respuesta de julyco sobre el tema Duda !!!!
LO QUE DEBES HACER ES UN JUICIO SUBSIDIARIO DE DEFUNCIÓN, YO TUVE UN CASO IGUAL PERO SE QUEDO EN EL MISMO CEMENTERIO, ASÍ QUE SOLO HICE EL SUBSIDIARIO LOS DOCUMENTOS QUE NECESITAS SON LOS SIGUIENTES:

a) Certificación de Partida de Matrimonio,
b) Constancia de No Registro de Partida de Defunción
c) Certificación de la partida de nacimiento del FALLECIDO
d) Reconocimiento Médico Forense y Levantamiento de Cadáver extendida por el Jefe de Clínica Forense del Instituto de Medicina Legal,
e) Constancia de Registro de Cadáveres,
f) Copia simple de Recibo de Ingreso de la Administración General de Cementerios en el que se concede permiso para inhumar el Cadáver de
g) Certificación de Documento Único de Identidad extendida por la Jefe de la Unidad Jurídica Registral del Registro Nacional de las Personas Naturales (esto en caso que no tenga el DUI.
El siguiente usuario dijo gracias: quintanahx

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02 Sep 2014 12:53 - 02 Sep 2014 12:53 #3 por Leyesita
Respuesta de Leyesita sobre el tema Duda !!!!
Es mejor que la esposa deje los restos en el mismo cementerio... la alcaldia permite que ella ponga una cruz o lo que deseen para poder enflorarlo.... no importa que sea una fosa comun. Te recomiendo leer la ley de cementerios.

Y debe hacerse las diligencias subsidiarias de fallecido, en el RNPN te daran un instructivo con todos los requisitos y el procedimiento a seguir.

Leyesita Salvadoreña.
notarialelsalvador.blogspot.com
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