TENGO UN CASO DE UN DESPEDIDO DE UNA ALCALDIA EN EL 2009, YA SON MAS DE CINCO AÑOS, EL SEñOR ACTUALMENTE TIENE 64 AñOS, LO DESPIDIERON DE CINCUENTA Y NUEVE, POR FALTA DE CONFIANZA, EL INTERPUSO LA DEMANDA EN EL TRIBUNAL DE LO LABORAL Y LUEGO EN LA CAMAR, RESOLVIENDO EN CONTRA. LA PREGUNTA DEL MILLON, SE PUEDE RECOMENDAR UN AMPARO? EN ESTE CASO Y POR QUE RAZON, YA QUE CUANDO LO DESPIDIERON,TRABAJO TRES AÑOS, EN OTRO LUGAR LUEGO TUVO QUE RENUNCIAR POR PROBLEMAS FAMILIARES. EN ESTE MOMENTO SE ENCUENTRA SIN TRABAJO Y NO TIENE PENSION, PUES LE DEVOLVIERON LAS COTIZACIONES, AGRADECERE MUCHO SU RECOMENDACION Y ASESORIA.
la verdad creo que no porq en el codigo de lo laboral dice explicitamente cual es el plazo que el senor tenia pára interponer la demanda en este momento no me recuerdo que articulo es pero si me acuerdo se o doy