En esta ocasión les escrito para solicitarles sus aportes en el siguientes caso:
Resulta que hay una escritura de constitución de hipoteca, que data desde el año 1989, la cual solo esta presentada en el CNR, pero no se inscribió; inicial intente la prescripcion de la acciones hipotecaria, pero el juzgado dijo que no procedia la prescripcion puesto que la hipoteca no era perfecta en el sentido que por no estar inscrita (que es uno de los requisitos para que se perfecciones la hipoteca), la misma no habia nacido a la vida juridica.-
Entonces intente la nulidad de la escritura, pero ahora el Juzgado me esta pidiendo la fundamentación fáctica de los motivos por los cuales considera que debe declararse la nulidad.-
ESTO ES LO QUE YO ALEGUE y fuera de eso no se que mas argumentar; AGRADECERE SUS COMENTARIOS.-
Que de conformidad al art. 2160 C.C., la hipoteca para que sea perfecta y valida debe ser inscrita en el registro respectivo; sin embargo en el presente caso la Escritura en referencia no fue inscrita, así mismo en el art. 1552 del mismo cuerpo legal establece que son nulos aquellos actos o contratos que carecen de algún requisito o formalidad que la ley prescribe para el valor de los mismos.-
En consecuencia al no haberse inscrito la Escritura de Mutuo Hipotecario antes relacionado; la misma no cumple con todos los requisitos que la ley establece para su validez; por lo tanto tal documento es nulo de NULIDAD ABSOLUTA.-
Fundamentaciones jurídicas artículos 2160, 739, 1551, 1552 y 1553 del Código Civil Y artículo 90, 21 Nº 3 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Que así mismo solicito que una vez declarada la nulidad de la escritura antes relacionada, se ordene al respetivo registro la cancelación del Asiento de Presentación número ......del Centro Nacional de Registro de la Primera Sección de Occidente.-
Así mismo pedi que se condene al demandado al demandado a las costas procesal, y me piden que fundamente jurídicamente tal petición.-
Y si la Escritura Publica de constitucion de Hipoteca fue presentada al Registro. La pregunta seria cual fue la razon por la que el Registrador denego la inscripcion del instrumento?
Esa duda me nace porque solicita en la demanda; la cancelacion de la Presentacion del instrumento:::
Y creo que la fundamentacion factica de la demanda la podemos iniciar desde la Razon de denegatoria de Inscripcion:
ES que no esta denegada, sino observada, pero como la hipoteca se presento antes de la entrada en vigencia de la ley de procedimientos uniformes, entonces todavía subsiste la presentación, el notario que autorizo el documento la puede retirar sin inscribir pero es el caso que creo que tambien ya fallecio.-
Pero igual haber que me dice el Juzgado, porque ya subsane las observaciones.-