Es valido hacer un acta de conciliación de un accidente de transito, en la cual la parte responsable se compromete a pagar los gastos de reparación del otro vehículo directamente en el taller pues no tiene $ en el momento, y consignar en ella que los compromisos a los cuales de obliga la parte que ocasiono los daños materiales quedarán garantizados con prenda sin desplazamiento sobre un vehículo de su propiedad?
De ser valido, cual sería la forma de proceder?. Se inscribiría la prenda posterior al otorgamiento o hasta el vencimiento de plazo pactado???.
Gracias.
Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31