Diligencias conciliatorias en transito

27 Dic 2014 09:54 #1 por CDR
Hola, antes que nada Felices Fiestas a todos.

Tengo un par de dudas en unas diligencias conciliatorias en transito. El asunto es que el vehículo A estaba iba ingresando a un taller mecánico, y venía el carro B, que no se percato y se fue a estrellar en el carro A. Resulta que el carro B tiene seguro, así que los del seguro le dijeron al muchacho del carro A que llevara el vehículo a X taller. Ya de eso pasaron 2 semanas, y se consulto este día al taller y el encargado le mostró un correo que le habían enviado de la aseguradora en donde le decían que no cubrirían los gastos del vehículo A, sin mas razón alguna, y ello por que del taller les estaban preguntando que si procedían a reparar por el tiempo que ha transcurrido.
Ante ello tengo que:

a) El vehículo A es de la esposa del muchacho que lo maneja acá en El Salvador, pero de hecho el vehículo y su propietaria son chapines, y el esposo lo usa acá en El Salvador con un Poder que le ha dado la esposa para ello pues él vive en El Salvador. En este caso, quien sería la parte procesal: la dueña del vehículo que no reside en El Salvador, el Esposo que es quien vive acá y utiliza el vehículo en el país, o, el mecánico que es quien conducía el vehículo al momento del accidente???.

b) Como prueba documental, se debe presentar la Certificación del Acta de inspección, o basta solamente con el Acta de inspección?. Si es la certificación: en donde la puedo solicitar?.

c) Que otra prueba documental se puede presentar?, y como puede el afectado (vehículo A) recuperar lo que va a gastar en costas procesales (honorarios del abogado), ya que eso es aparte de los daños materiales.

Gracias por su valiosa ayuda.

Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31

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27 Dic 2014 11:06 #2 por eslexv15
Respuesta de eslexv15 sobre el tema Diligencias conciliatorias en transito
La parte procesal en este caso seria la propietaria del vehìculo, pues es ella quien se ha visto perjudicada en su patrimonio.

Como prueba documental es necesario la certificacion del acta de inpeccion de accidente de tránsito que practico la PNC, y es ahi donde se solicita la certificaciòn.

Como prueba documental, tambien es necesario presentar la documentaciòn a efecto de probar la propiedad del vehìculo de la sra.

A parte de la prueba documental (esto ya en el proceso no en la conciliacion) es recomendable presentar prueba testimonial.

Es de recodar que para iniciar la conciliación unicamente se tienen 30 dias habiles lugeo del accidente

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