quisiera saber si me pueden ayudar con una duda: resulta que en el Dictamen de acusacion, la fiscalia se equivoco en el nombre del imputado, tanto en la parte introductoria como en el petitorio estan pidiendo la apertura a juicio en contra de una persona completamente diferente al que se encuentra detenido, solo en la relacion de hechos (que es copia del requerimiento) se hace referencia a los verdaderos datos del imputado
¿¿es esto alguna causal de inadmisibilidad o nulidad?? o puede la fgr subsanarlo en la audiencia preliminar???? les agradeceria mucho su ayuda
Esas situaciones son muy comunes en la práctica y hasta cierto punto comprensibles dada la carga de trabajo que tienen los fiscales. Aunado a ello, la mayoria de jueces penales son pro-fiscalía así que en la audiencia se referirán al imputado con sus datos verdaderos y no habrá ningún problema.
Lo que sí debe hacer usted es revisar la prueba que ellos presentarán, puede alegar que no son ofrecidas según el requisito del 359 inc 3 Pr Pn (si ese fuera el caso), o solicitar que no se admita alguna prueba por ilegal, impertinente o inútil al hecho investigado, y por supuesto atacar otras debilidades que pueda encontrar según la prueba que la fgr ofrece y además que su imputado ofrezca prueba y lo que pretende probar con ella.