NECESITO DE SU EXPERIENCIA CON RELACIÒN A LA CANCELACION DE INSCRIPCIONES DE LA PROPIEDAD RAIZ, CONTEMPLADO EN EL ART. 731 Y SIGUIENTE DEL CODIGO CIVIL, PUES TENGO DUDAS SI QUIEN PUEDE SOLICITAR ANTE EL JUEZ LA CANCELACIÒN SON SOLAMENTE LAS PARTES INVOLUCRADAS QUE HICIERON LA INSCRIPCIÒN QUE SE ENCUENTRA OBSERVADA DESDE HACE MAS DE DOS AÑOS O SI PUEDE SOLICITARLA UN TERCERO QUE ES AGRAVIADO POR QUE ESA INSCRIPCIÒN NO PERMITE EL PASO A SU ACTUAL SOLICITUD DE INSCRIPCIÒN.
SE TRATA DE UNA DECLARATORIA DE HEREDERO PERO CUANDO ACUDIÒ A INSCRIBIR SU DECLARATORIA AL CNR SE ENCONTRÒ CON QUE UNA PRIMA HERMANA DE ÈL TIENE DESDE EL AÑO DOS MIL DOCE OBSERVADA UNA SOLICITUD DE INSCRIPCIÒN DE SU DECLARATORIA DE HEREDERA EN REPRESENTACIÒN SOBRE EL MISMO TERRENO Y COMO NUNCA SE HA PRESENTÒ CON LOS DOCUMENTOS QUE LE HACÌAN FALTA PARA PODER INSCRIBIR NI SE PRESENTÒ A RETIRARLOS, MI CLIENTE NO PUEDE INSCRIBIR HASTA QUE LA PRIMA DE ÈL RETIRE SUS DOCUMENTOS.
Si la prima presento la declaratoria en el año dos mil doce, y la observaron esa presentación a esta fecha deberia estar denegada de pleno derecho porque segun la ley de procedimientos uniformes solo son treinta dias habiles para subsanar las observaciones de lo contrario la deben denegar.-
Podrías ir a atención al usuario y consultar.-