MI CLIENTE TIENE UN PODER PARA VENDER LA PROPIEDAD DE SU HIJO, PERO A LA VEZ SU HIJO LE HISO UN DOCUMENTO PARA CEDER EL DERECHO DE USO Y HABITACION DEL INMUEBLE PERO AHORA QUIERE VENDER EL INMUEBLE, PERO EL DERECHO DE USO Y HABITACION AUN ESTA INSCRITO EN EL REGISTRO PREGUNTA ES NECESARIO PARA VENDER EL INMUEBLE, REVOCAR EL DERECHO DE USO Y HABITACION DE LA CASA POR PARATE DE EL HIJO, O SE PUEDE HACER ATRAVEZ DEL DEL PODER, O SI SIMPLEMENTE LA PERSONA A QUIEN SE LE DIO ESE DERECHO PUEDE RENUNCIAL A EL, O NO ES NECESARIO PARA DESPUES INSCRIBIR LA COMPARA VENTA A NOMBRE DEL COMPRADOR?
creo q no es necesrio el uso y habitacion es un derecho real.. puede venderse y siempre que se cumplan con las condiciones del derecho de uso y habitacion ejemplo si hay un plazo hay que respetarlo, seria bueno q consultara el codigo civil en sus articulo 813 y siguientes... y aun sobre el usufructo, pues la manera de dar por terminado el uso y habitacion es igual al usufructo.