Regimen de Visitas

04 Oct 2015 11:46 #1 por EmpeGar
Regimen de Visitas Publicado por EmpeGar
Hola necesito ayuda urgente. El caso es que mi esposo y yo nos separamos por tercera vez Hace aproximadamente una semana Ese dia el me golpeo pero cuando la policia llego a la casa yo no lo denuncie poruqe estaba presente mi hijo de 3 años. Desde ese dia transcurrio una semana sin que el me preguntara por el niño ni nada. Yo tengo medidas de proteccion que me otorgaron en el Juzgado de Familia. El quiere ver al niño y yo etsoy totalmente de acuerdo, Pero el quiere estarse llevando a mi hijo hasta otro departamente durante el fin de semana dos dias q son exactamente los dias q yo paso con el niño porque trabajo. Mi esposo va a empezar un prceso en la Procuraduría de su departamento para establecer un Regimen de Visitas Libres (llevarse al niño cuando quiera aprecer cuando quiera etc) Y yo no quiero q sea así porque le causa daño psicologico a mi hijo y ademas en los 3 años de vida del niño JAMAS le dedico tiempo ni cuidados ni nada. Mi pregunta es que otros regimenes de visita existen? Y que puedo hacer o que pruebas necesito para demostrar que el no es capaz de cuidar al niño por el mismo?

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04 Oct 2015 20:51 #2 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema Regimen de Visitas
Buenas noches, con respecto a su pregunta: las visitas pueden ser cerradas o abiertas.

Las abiertas, le conceden al padre o madre de poder disponer de cualquier dia o momento para compartir con los hijos.

Por el contrario el regimen cerrado que le imponen a los padres de dias programados para realizar la visita.

RIVAS
El siguiente usuario dijo gracias: EmpeGar

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05 Oct 2015 04:06 #3 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Regimen de Visitas
Le recomiendo que mejor lleguen a un acuerdo "sensato"(se puede realizar en escritura publica) donde dejen atras sus diferencias pues los problemas de ustdes son de ustedes, el niño nada tiene que ver en eso.No utilicen al niño ni de moneda de cambio ni de arma para satisfacer su deseos de darle una lección al otro o aplacar resentimientos,hagan ambos un esfuerzo por el amor que le dicen tener y platique exclusivamente que dias y que horas lo puede ver el papa ;evite hablar en esa reunion de acciones del pasdo o de posibles del futuro pues ha nadie se le puede culpar de lo que no ha hecho.Si el señor es voilento y la vuelve agredir no dude y denuncielo (ojo si eso pasara lo primero es ir a medicina legal para que hagan el reconocimiento pues solo a la palabra, sera la suya contra la de el y ante la duda el saldra benificiado)asi que no entren en juegos de provocacin y de victimizarse pues cuando menos lo esperen el niño ya tendra 15 años y se les habra ido la infancia del niño en pleitos esteriles; pues por mas razones que usted crea que son validas para que no lo vean; solo un muy reducido de razones LEGALES son la que prohíben que un padre vea a un niño y este probable daño se tiene que probar muy fundamentadamente , sin de lo contrario sera un Juez de familia quien decida por ustedes.

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05 Oct 2015 10:14 #4 por EmpeGar
Respuesta de EmpeGar sobre el tema Regimen de Visitas
Gracias Juan si yo no me he negado a que lo visite de lo q estoy en contra es de que se lo este llevando a su nuevo lugar de habitacion porque alli viven ya 5 personas. Y tienen 2 pitbulls el lugar es practicamente inhabitable al menos no lo que quiero para mi hijo seguido de un hermano (Mi cuñado/Tio del n iño) que ha estado preso en multiples ocasiones por consumo de marihuana piromania y otras cosas. yo quiero dejarlo q lo visite en mi casa o en casa de mis papas o en algun lugar publico. Se puede estipular eso? Yo he intentado convencer al papa de mi hijo que lleguemos a un acuerdo pero el no quiere.

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05 Oct 2015 14:48 #5 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Regimen de Visitas
Creo que por su parte veo una anuencia a que se visite al niño y no una actitud cerrada.En efecto muchas veces existen situaciones que pueden representar riesgo para el menor,comprendo su preocupacion, en este caso creo que se tiene que llegar aun acuerdo en que cada una de las partes cedan en sus peticiones dentro de lo sensato.Me parece que se inicie con las visitas a un Centro Comercial para que el niño y el padre vayan restaurando las relaciones o afianzandolas(aunque infiero segun su primera carta que ya lo visitaba) pero si es un buena solucion lugares como centro comerciales.Eso si en esto hay que obrar de buena fe, pues si llegan a un acuerdo por ejemplo de que la vista dure por ejemplo 2 horas ambas partes tendran que respetar el acuerdo por decirlo usted dejare que el papa intercatue y comparte de forma tranquila con su hijo y el entragara a la hora y en el lugar convenodo el niño(obviamente ya sea que usted llegue 10 minutos tarde o el se tarde unos 5 minutos en entregarlo no sea motivo de desacuerdo).En efecto se puede estipular todo lo que consideren adecuado para que resulte con exito y sin problemas el regimen.

Ahora no me vaya a mal interpretar lo que le dire pero para las madres de niños pequeño como el suyo y estan en similares situaciones, nunca hay un lugar ideal para que su hijo o hija llegue:Que si hay muchos niños,que si le pegan,que la nueva pareja le hace mala cara,que queda muy lejos,que mucho hombres hay,que no lo atienden como donde su abuelita(su mama)en fin .Ahora hay situacione de inminente riesgo si esto es asi y considera que se adecue a lo que la ley o el sentido comun nos indique hagaselo saber a el padre del niño de manera tranquila y con fundamento y si se niega resolverlo pues tendran que como les dije avocarse a una instancia judicial que sera quien resolvera.

Le dejo unos articulos de familia pertinentes al tema.

CRIANZA
Art. 211.- El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar
estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su
personalidad, hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta
las capacidades, aptitudes e inclinaciones del hijo.
RELACIONES Y TRATO
Art. 217.- El padre y la madre, aunque no convivieren con su hijo, deberán mantener con él las
relaciones afectivas y el trato personal que favorezca el normal desarrollo de su personalidad. Cuando sea
necesario, el juez podrá regular el tiempo, modo y lugar que para ello se requiera.
Quien tuviere el cuidado personal del hijo no podrá impedir tales relaciones y trato, a no ser que
a criterio del juez se estimaren contrarios al interés del hijo. Si no lo fueren el juez tomará las medidas
que mejor protejan tal interés.
También tienen derecho de comunicación con el hijo los abuelos, los parientes y otras personas
que demuestren un interés legítimo, siempre que esto no resultare perjudicial a la salud física y mental
del menor.
CAUSAS DE PERDIDA
Art. 240.- El padre, la madre o ambos perderán la autoridad parental sobre todos sus hijos, por
cualquiera de las causas siguientes:
1a.) Cuando corrompieren a alguno de ellos o promovieren o facilitaren su corrupción;
2a.) Cuando abandonaren a alguno de ellos sin causa justificada;
3a.) Cuando incurrieren en alguna de las conductas indicadas en el artículo 164; y,
4a.) Cuando fueren condenados como autores o cómplices de cualquier delito doloso, cometido
en alguno de sus hijo.
CAUSAS DE SUSPENSION
Art. 241.- El ejercicio de la autoridad parental se suspenderá al padre, o a la madre o a ambos,
por las siguientes causas:
1a) Por maltratar habitualmente al hijo o permitir que cualquier otra persona lo haga;
2a) Por alcoholismo, drogadicción o inmoralidad notoria que ponga en peligro la salud, la
seguridad o la moralidad del hijo;
3a) Por adolecer de enfermedad mental; y,
4a) Por ausencia no justificada o enfermedad prolongada.
SENTENCIA JUDICIAL
Art. 242.- La pérdida y la suspensión de la autoridad parental deberán decretarse por sentencia
judicial, a petición de cualquier consanguíneo del hijo, o del Procurador General de la República o por el
juez de oficio. En la sentencia de suspensión el juez podrá ordenar, según el caso, que el padre o madre
a quien se le suspenda la autoridad parental se someta a tratamientos sicopedagógicos o médicos, a fin
de propiciar su curación o regeneración.


ESPERO SE RESUELVA TODO.Hablen tranquilamente hagale saber que se deshaga de los perros o que los encadene(la verdad es una lastima pues los animales en si no son vilentos el humano los ha convertido en animeles pendencieros).Con el herano ya no se le puede seguir juzgando por la falta cometida pues es principio constitucional;nadie puede ser juzgado por la misma falta dos veces y ya pago su condena,asi que alegar eso no se si rsultaria(y la comprendo pues nadie mandaria su hijo donde ex convictos,pero le menciono lo que la ley estipula; pues seria también injusto condenarlos de por vida a que ya no tengan trato con seres humanos y con niños de su familia pues puede ser que haya entendido la lección).
El siguiente usuario dijo gracias: EmpeGar

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