estimados colegas, quisiera su opinion o asesoria del caso de familia siguiente:
hace un par de días se me ha planteado el caso en la que una señora ya casada fue adoptada por su padrastro cuando ella alcanzo la mayoría de esas, este proceso de familia se llevo a cabo en el año de 1996; el caso es que por la inseguridad que se vive en nuestro pais, el padre natural de la señora desea ayudarle otorgándole la ciudadania Estadounidense a la cual ella tendría derecho por ser hija de el y el tener la calidad de ciudadano americano , pero previo a poder iniciar dicho tramite ella debe tener el apellido de el para poder tramitar dicha solicitud ante migracion de USA ........el problema es que la partida original por el proceso de adopcion se cancelo y se ordeno la creacion de una nueva; queria escuchar sus opiniones de cual es la opcion a seguir si es que se puede hacer algo? de antemano se les agradece!
en efecto colega la partida de nacimiento original si esta el padre en cuestion , la reconocio desde que la fueron asentar a la alcaldia de san salvador........entonces debo entender que en virtud de la adopcion posterior ya no hay nada que hacer?
No ya no se puede hacer nada por lo menos por esa via ya que se cancelo la partida y la señora adquirio otra "familia",por lo tanto otra filiacion, y se cancelan todo los derechos y deberes.
CONCEPTO
Art.167.-Cf Adopción es aquella por la cual el adoptado, para todo efecto, pasa a formar parte de la
familia de los adoptantes, como hijo de éstos y se desvincula en forma total de su familia
biológica respecto de la cual ya no le corresponderan derechos ni deberes. Quedan vigentes los
impedimentos matrimoniales que por razón de parentesco establece este Código.
juan avelar o escribió: No ya no se puede hacer nada por lo menos por esa via ya que se cancelo la partida y la señora adquirio otra "familia",por lo tanto otra filiacion, y se cancelan todo los derechos y deberes.
CONCEPTO
Art.167.-Cf Adopción es aquella por la cual el adoptado, para todo efecto, pasa a formar parte de la
familia de los adoptantes, como hijo de éstos y se desvincula en forma total de su familia
biológica respecto de la cual ya no le corresponderan derechos ni deberes. Quedan vigentes los
impedimentos matrimoniales que por razón de parentesco establece este Código.
quiere decir lic que por otra via si es posible? podria ser mas especifico a que se refiero o como puedo proceder en su opinon?
Cuando le comentaba que podria ayudarla no era directamente con un proceso donde recupere la filiacion de hija y que como le comentaba ya no es posible.
Mi idea era que si queria ayudarle podria empezar brindandole ayuda aeconomica para que buscra si vivia en un lugar peligroso buscara otro lugar,y que le hiciera posteriormente una carta de invitación se utilizan frecuentemente como parte de la documentación que se entrega a una embajada o consulado americano cuando se solicita una visa de turista para Estados Unidos.
No es un documento necesario, pero sí que es común porque puede ayudar a que el oficial consular se decante por otorgar el visado solicitado.
Quiénes pueden escribir una carta de invitación.
Los ciudadanos americanos, que deberán acreditar tal situación mediante documentos como el pasaporte americano, el certificado de naturalizacion o el de nacimiento en EEUU.
Asi va y viene, digo es una idea, ya que aun la residencia y esas peticiones duran como 15 años ,se muere la gente esperando las resoluciones.
juan avelar o escribió: Cuando le comentaba que podria ayudarla no era directamente con un proceso donde recupere la filiacion de hija y que como le comentaba ya no es posible.
Mi idea era que si queria ayudarle podria empezar brindandole ayuda aeconomica para que buscra si vivia en un lugar peligroso buscara otro lugar,y que le hiciera posteriormente una carta de invitación se utilizan frecuentemente como parte de la documentación que se entrega a una embajada o consulado americano cuando se solicita una visa de turista para Estados Unidos.
No es un documento necesario, pero sí que es común porque puede ayudar a que el oficial consular se decante por otorgar el visado solicitado.
Quiénes pueden escribir una carta de invitación.
Los ciudadanos americanos, que deberán acreditar tal situación mediante documentos como el pasaporte americano, el certificado de naturalizacion o el de nacimiento en EEUU.
Asi va y viene, digo es una idea, ya que aun la residencia y esas peticiones duran como 15 años ,se muere la gente esperando las resoluciones.
le agradezco por su punto de vista y solucion colega, la realidad es que la señora en cuestion ni vive en un lugar peligroso ni carece de recursos economicos, ella puede decirse goza de buena posicion economica y de seguridad.....lo que sucede es que ha nadie escapa la realidad cada vez mas preocupante que vive el pais; y de ello nace la preocupacion del padre sanguineo de ella, ella lo considera por lo mismo que lo ve como una posibilidad a futuro en caso que aqui las cosas se pongan peor.......y por eso se intereso en averiguar en caso que se pudiera revertir la situacion o al menos poder gozar nuevamente del apellido de su padre