BUENAS NOCHES COLEGAS QUIERO CONSULTARLES EL SIGUIENTE CASO: la persona que me consulto es dueña de una casa y la arrendo a un señor, pero resulta que el arrendatario ha caído en mora y ya debe como $ 900 y tiene pendiente en ANDA una cuenta como de $ 180. ahora resulta que el arrendante me comenta que ha buscado al señor (arrendatario) en varias ocasiones pero este se esconde y no responde el teléfono.ante esta situacion lo que hizo el arrendante es contratar a un abogado y dice que este les recomendó que fueran a sellar la puerta de la casa y esto hicieron y le dejaron una nota para que se comunicara con este abogado. yo le comente a la persona que me consulto que este procedimiento estaba mal hecho porque como profesional este abogado debe saber que ante casos asi se tienen que agotar la via civil es decir mediante un proceso de terminación de contrato, y no proceder de hecho tal como les comento. ahora les pregunto sera conveniente ante esta situacion solicitar al juez de lo civil y mercantil una conciliación ya que el arrendante lo que quiere es que desocupe el inmueble pero no se puede comunicar con el arrendatario. ahora como se puede hacer para cobrar esta deuda? embargar el salario? porque no se tienen mayores datos de esta persona lugar de trabajo si tienen propiedades. ahora cuanto se puede cobrar por un proceso de terminación de contrato? y cuanto por una conciliación? gracias por sus comentarios.
El éxito no es para los que piensan que pueden hacer algo sino para quienes lo hacen.
la eterna lucha de lo que es practico contra lo que es legal, mira jurista, que decirte .... mi regla personal es no agarrar casos de inquilinato, la verdad es que son una perdida de tiempo y recursos.
Pero si ya estas en el tren pues te recomiendo una confrontacion directa con el inquilino, planteale la situacion del desalojo, como una la unica posibilidad de arreglo de esta situacion ya que por regla general este mal inquilino no solo le cuesta a tu cliente el dinero que ya le debe ; si no que tambien el tiempo que un nuevo inquilino pudiera estar pagando.
conciliaciones solo podes arreglar cuando tu contraparte esta presente y esto es algo que no tendria, por que no optas por un proceso abreviado y sacate un embargo en contra de este, y ocupa la misma casa como anzuelo embarga todo lo que esta dentro y respeta lo de las excepciones del embargo y entra cambiando chapas y todo de todas formas la vivienda es de tu cliente..
como dije al principio la batalla eterna de lo legal vrs. lo practico.
y el salario siempre es embargable..
otra cosita, en la mayoria de arrendamientos los arrendantes piden letras de cambio en garantia... las tendran??? por que si las tienen promovee el ejecutivo y con la presion del embargo lo sacas del inmueble.
consultas y comentarios al email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
eSTOY DE ACUERDO CON EL COLEGA ANTERIOR, YA TUVE UN CASO SIMILAR, Y SI NO TIENE TRABAJO NO HAY FORMA DE RRECUPERAR CANONES, INCLUSO TE SUGIERO QUE SI TIENES QUE APGARLE UN MES EN OTRO LUGAR, HASLO, LO IMPORTANTE ES RECUPERAR EL INMUEBLE.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
ES DE REVISAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PORQUE A MI SABER Y PORQUE YO LOS HE REALIZADO SIEMPRE SE PONE UNAS CLAUSULA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMO ES DE DESALOJAR EL INMUEBLE INMEDIATAMENTE PORQUE EL CONTRATO TE DA ESE PODER Y TAMBIEN RECUPERAR LOS CANONES NO PAGADOS PERO PARA ESO ES DE INICIAR EL PORCESO DE DESALOJO POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO